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Isabel Cristina Jaramillo

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Lo que pueden hacer los hombres para contribuir a la diversidad e inclusión

El recorrido de la ley de cuotas para mujeres en Colombia es indicativo de lo difícil que resulta para los hombres dejar ir el privilegio.

26 de febrero de 2021

Me llamaron a participar en un panel sobre la campaña de He for She lanzada por las Naciones Unidas en 2014. El objetivo de la campaña es vincular a los hombres en los proyectos encaminados a lograr mayor igualdad para las mujeres. Se basa en dos supuestos sobre el cambio social: 1) no es posible lograr cambios significativos sin que la mitad de la población apoye esos cambios, y 2) no deberían tener que ser los menos favorecidos los únicos que llevan la carga y asumen el costo de los cambios. La campaña ha inspirado otras que bajo el mismo nombre han buscado involucrar a los hombres en la reivindicación de derechos de las mujeres. La persona que me invitó, un amigo con el que he hablado poco en los últimos veinte años, me dijo: “queremos oír todas las perspectivas; que nos den palo”. Yo, que habitualmente prefiero ser moderada con públicos que no conozco mucho, pensé que con esta autorización les diría lo que creo que necesitan oír: ayudar a las mujeres supone renunciar al poder que injustamente han venido disfrutando, incluso si creen que lo que tienen se lo merecen y que nunca han querido causarle daño a nadie y que han trabajado todo lo que han podido para que los demás estén mejor.

El recorrido de la ley de cuotas para mujeres en Colombia es indicativo de lo difícil que resulta para los hombres dejar ir el privilegio. Esta ley, que fue aprobada como ley estatutaria en el año 2000 (es la Ley 581 de 2000), impuso al presidente de la república una limitación a su privilegio de nombrar a los ministros consistente en que al menos el 30 % de los nombramientos recayeran sobre mujeres. En efecto, el artículo cuarto de la ley dispone que al menos el 30 % de los cargos del “máximo nivel decisorio” a nivel nacional, regional, distrital, departamental y municipal deben ser ocupados por mujeres. Esto incluye, entre otros cargos, los de ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, etc. La norma señala que quien incumpla con el deber de realizar los nombramientos siguiendo este parámetro incurrirá en causal de mala conducta y podrá perder el cargo en caso de insistir.

Como lo explicamos mi colega Helena Alviar y yo en nuestro libro Feminismo y Crítica Jurídica, la ley ha sido domesticada de varias maneras. Dado que la ley se tramitó como estatutaria, la Corte Constitucional debió pronunciarse sobre su constitucionalidad antes de que pudiera entrar en vigor. En ese fallo, C-371 de 2000, la Corte aceptó que las cuotas para mujeres podrían ser un mecanismo necesario para avanzar en el camino hacia la igualdad, pero introdujo un par de precisiones en la interpretación de la ley: 1) las cuotas debían cumplirse “a medida que los cargos fueran quedando vacantes”; y 2) si en el nombramiento o conformación de la terna o lista participaban varias personas, la cuota sería una aspiración, pero no una obligación. Justificó ambas limitaciones interpretativas en la necesidad de preservar la libertad del nominador y los derechos del nombrado. Estas precisiones redujeron el impacto de la ley puesto que le permitieron al presidente Pastrana imponer su propio ritmo al cumplimiento y autorizaron a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado, encargados de conformar ternas, para abstenerse de cumplir con el imperativo de las cuotas.

La ley se puso a prueba en 2001 y 2002, con el cambio de ministros del presidente Andrés Pastrana y la terna de hombres que presentó al Senado de la República la Corte Suprema de Justicia para la elección de magistrados de la Corte Constitucional. En sendas sentencias del Consejo de Estado se ratificó el estado de cosas al señalar que el presidente “hacía lo que podía” para mejorar la situación de “grupos marginados” y que la Corte Suprema no tenía la obligación de incluir mujeres. Aunque el Consejo de Estado ha sido más enfático en sus fallos posteriores en relación con la obligación presidencial de acoger las cuotas, hay varios fallos de la sección cuarta y sección quinta en los años 2012 y 2013, no se ha declarado la nulidad de ningún nombramiento por este motivo y menos aún se ha iniciado un proceso ante la Cámara de Representantes por esta falta del presidente de la república. Que yo sepa, ninguno de aquellos cuyos cargos han sido cuestionados, ha renunciado para que sea nombrada una mujer.

Hace pocas semanas, unos estudiantes de derecho presentaron una demanda ante el Consejo de Estado solicitando la nulidad del nombramiento del ministro del Interior, Daniel Palacios. En su demanda mostraron que el presidente Iván Duque, que empezó su mandato con un gabinete paritario y un plan de aumentar la participación de las mujeres en la Rama Ejecutiva de manera gradual hasta lograr la paridad, había fracasado en cumplir el mínimo exigido por la ley. Además de la nulidad, los estudiantes exigieron que se suspendiera el nombramiento como medida cautelar. En su respuesta a la demanda, el ministro señala que en realidad su nombramiento no vulnera lo dispuesto en la Ley 581 de 2000 pues, al existir dieciocho ministerios en la actualidad, cinco ministerios son suficientes: 27 % es suficiente; 33 % sería demasiado pedir. El ministro, claro, habría podido decir que “no se había dado cuenta”. También habría podido decir que ponía su cargo a disposición del presidente para evitar que este sea llevado a juicio ante el Congreso por su renuencia. Pero es difícil sentirse un beneficiado del patriarcado de una manera tan concreta como la que esta demanda le exige. Esperemos que el Consejo de Estado finalmente apoye la aplicación de la ley para que no quede en manos del ministro esta decisión difícil. Esta sería, definitivamente, una manera en la que los hombres –que son más del 70 % de los consejeros de Estado- podrían apoyar el logro de una mayor equidad. Sería una manera de reconocer que los costos de la igualdad no deben asumirlos solamente las mujeres, que se movilizan, que presentan demandas y exponen su deseo de ser incluidas, sino también los hombres.

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