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Un otrosí Sui Géneris

Conozco la verticalidad de estas dos mujeres en la lucha contra la corrupción. Sin embargo, lo más transparente habría sido pelear porque la carretera se hubiera concedido a través de una licitación pública y no de un otrosí tan sui géneris.

María Jimena Duzán, María Jimena Duzán
29 de enero de 2017

Odebrecht no solo pagó sobornos para quedarse con el tramo II de la Ruta del Sol por 6,2 millones de dólares a un exviceministro del gobierno de Uribe, sino que cuatro años después, en el gobierno de Santos, contrató a un oscuro personaje, Otto Bula, para que consiguiera un otrosí a la medida de sus exigencias. Según lo ha dicho la propia vicefiscal general, María Paulina Riveros, el documento contractual del otrosí de 2014 “incorporó las mismas condiciones (número de peajes, aumento de los ya existentes y anticipo de las vigencias futuras), que habían sido requeridas por Odebrecht”.

Al exviceministro Gabriel García, la Fiscalía lo cogió prácticamente con las manos en la masa con solo hurgar en su patrimonio y encontrar que era dueño de una zona franca, la cual habría comprado por 2.600 millones de pesos, tras su salida del ministerio. García confesó y ha prometido cooperar con la Justicia, pero Otto Bula –un personajillo que debería estar tras las rejas hace rato si la Justicia colombiana funcionara– ha tenido el cinismo de declararse inocente pese a que está probado que Odebrecht le pagó 4,5 millones de dólares para que manipulara las condiciones en que se dio el otrosí firmado en 2014.

Por lo pronto, son muchos los interrogantes que suscita este otrosí de 900.000 millones de pesos. No hubo licitación, pese a que el monto lo ameritaba y a que se cambió sustancialmente el diseño del contrato original además de que traía enredado un serio conflicto de intereses.

No obstante, para una agencia nueva como la ANI, modelo de la contratación moderna, este otrosí no era ni inusual ni sui géneris porque todos sus movimientos y decisiones tenían una explicación técnica: no se había abierto licitación por razones presupuestales –esa vía era más costosa y la ANI prefirió ahorrar esos dineros públicos para invertirlos en el desarrollo de las 4G–. La carretera Ocaña-Gamarra, pese a que cambiaba radicalmente el diseño inicial de la obra, tenía un importante valor estratégico ya que servía no solo para sacar de manera más expedita el carbón del Cesar y unir al Norte de Santander con el centro del país, sino para el desarrollo portuario del río Magdalena. Todas estas explicaciones pueden resultar técnicamente ciertas, pero con la denuncia de que hubo sobornos de por medio todas esas razones resultan hoy precarias e insuficientes.

El conflicto de intereses que traía el contrato fue pasado por alto, por todos los controles, pese a que era evidente. La misma Cecilia Álvarez, ministra de Transporte, sabía que estaba entrando en arenas movedizas cuando desde su llegada a esa cartera, en un acto de transparencia, se declaró impedida para conocer puntualmente los temas referidos a los puertos de Cartagena y Buenaventura, en los que la familia Parody tenía intereses económicos. (Ver impedimento) Sin embargo, las dos firmaron el acta del Conpes (que también firma Néstor Humberto Martínez, hoy fiscal general, en su calidad de ministro de la Presidencia) en la que se aprobó, en octubre de 2014, la adición presupuestal para el corredor Ocaña–Gamarra, pese a que la carretera beneficiaba un puerto en Gamarra donde los Parody tienen intereses. (Ver documento)

Conozco la integridad de estas dos mujeres y sé de su verticalidad en la lucha contra la corrupción. Sin embargo, ante esta línea tan fina a la que se enfrentaban, lo más transparente habría sido pelear porque la carretera se hubiera concedido a través de una licitación pública y no de un otrosí tan sui géneris.

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Por último, está el hecho también inusual anunciado por la ANI de que va a pedir la nulidad del contrato en lugar de pedir su caducidad como lo manda el estatuto anticorrupción. ¿Cuál es la diferencia? Que si se le aplica la caducidad, no solo Odebrecht, sino sus socios –Episol, del grupo Sarmiento que tiene el 34 por ciento, y el grupo Solarte que tiene el 4 por ciento– se verían seriamente afectados: tendrían que proceder a la terminación de este contrato, pagar las multas correspondientes con el agravante de que las demás obras del consorcio quedarían igualmente sancionadas y por cinco años no podrían volver a contratar con el Estado. En cambio, si se aplica la nulidad solo se afectaría este contrato en particular, las demás obras del consorcio no se verían afectadas y los socios de Odebrecht, es decir, el Grupo Sarmiento y Solarte no tendrían ninguna sanción. 

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