OPINIÓN

Las dos columnas de NHM

En el caso de NHM, ha sido casi todo: apoderado de una de las partes, le dio un concepto a los concesionarios y como ministro de la Presidencia aprobó el Conpes en que se le dio vía libre al otrosí.

María Jimena Duzán, María Jimena Duzán
8 de septiembre de 2018

La entrevista que el fiscal NHM le dio a La W radio el viernes pasado tiene varias perlas y muchas revelaciones.   

La primera: ya no es el fiscal general para lo que tenga que ver con la Ruta del Sol II porque la CSJ le aceptó un impedimento en esa materia. Contó que en 2013, siendo abogado del grupo Aval –socio de Odebrecht en la cuestionada concesión–, les hizo un concepto sobre si era posible una adición al contrato sin hacer una licitación pública. 

Pese a que estaba impedido, el fiscal fue más allá de lo que debería ir un funcionario que ha sido relevado del caso por un conflicto de intereses.  “Mi concepto escrito –y lo que se escribe no lo borra el tiempo– dice expresamente como abogado profesional que ese contrato adicional de Ocaña-Gamarra no se podía entregar directamente al contratista privado”, le dijo a la W.

Y esta opinión la remató con otra: “…por cierto que la Corte Suprema reconoce en su providencia que no se podía adjudicar el contrato por contratación directa, sino por licitación…”. 

Puede leer: De corrupto a embajador

Les mostré el concepto de NHM a dos abogados peritos en la materia y ambos sostienen que lo que recomienda es no hacer ningún otrosí para obras adicionales, y que en la eventualidad de que se decida hacer una licitación privada esta debería cumplir el artículo 28, que establece la posibilidad de adicionar el contrato hasta por el 60 por ciento del plazo estimado de la concesión, independientemente del monto de la inversión. En ningún lado dice “precisamente que ese contrato adicional no se podía entregar directamente al contratista privado”. (ver concepto)

Tampoco es cierta su frase de que la CSJ en su providencia le reconoce lo que él dice que le reconoce. Tengo en mis manos esa providencia del 8 de junio de 2017. El impedimento lo presenta él a raíz de que la Fiscalía le abrió una investigación penal contra las ministras Cecilia Álvarez y Gina Parody por el tema de la adición del contrato… el mismo que en 2013 fue objeto de un concepto dado por él cuando fungía como abogado del Grupo Aval. (ver providencia de la CSJ que le acepta a NHM su primer impedimento por Odebrecht).

La CSJ le otorga el impedimento a NHM no porque él haya emitido un concepto en un sentido o en otro, sino porque incurrió en una de las causales de impedimento: “…Que el funcionario judicial haya sido apoderado o defensor de alguna de las partes o sea o haya sido contraparte de cualquiera de ellos o haya dado consejo o manifestado su opinión sobre el asunto materia del proceso”.

En el caso de NHM, ha sido casi todo: apoderado de una de las partes, le dio un concepto a los concesionarios y como ministro de la Presidencia aprobó el Conpes en que se le dio vía libre al otrosí.  

Le sugerimos: Contratos de papel

La otra gran revelación es que NHM fue el abogado del Grupo Aval, quien redactó el contrato de transacción que revelé en esta columna en julio pasado. “Una gestión profesional que cumplí y por eso la corte cuando conoció de esa circunstancia dijo: ciertamente usted tiene que ser relevado del caso, le aceptamos su impedimento. Y se nombró para estos efectos un fiscal ‘ad hoc’”, le dijo a la W Radio.

Vamos por partes. Al fiscal NHM le fue aceptado un segundo impedimento en junio de este año en el tema de la negociación económica que la compañía brasileña adelanta con el objeto de obtener un preacuerdo con la Fiscalía. (Ver segundo impedimento por Odebrecht). En el escrito de la CSJ el fiscal argumenta su impedimento en el hecho de que “entre septiembre de  2015 y marzo de 2016, fechas para las cuales nada se conocía en el mundo de los comportamientos punibles de Odebrecht,(NHM) fue contratado por el Grupo Aval para reclamar a la firma brasileña el pago de varios contratos que por decisión de la multinacional fueron efectuados a favor de terceros desde Consol y la conceionaria”. Según NHM dichas reclamaciones concluyeron en un contrato de transacción entre el Grupo Aval y Odebrecht cuya redacción fue encomendada al hoy fiscal general. Por cuenta de ese contrato la empresa brasileña convino reembolsar unas partidas dinerarias y abstenerse de cobrar unos gastos previamente acordados por un valor  total de 33.081.000.000 de pesos.

Es falso que para la época en que se firmó el contrato de transacción nada se conocía de los sobornos de la empresa brasileña. Marcelo Odebecht fue arrestado en junio de 2015 y condenado el 11 de marzo de 2016 a 19 años por pago de sobornos y lavado de activos. Durante ese lapso de tiempo NHM estuvo negociando con ellos el Contrato de transacción.  

El fiscal, impedido, le dijo a la W que la razón para que el Grupo Aval no hubiera demandado a Odebrecht era porque las platas finalmente se habían recuperado para la sociedad. NHM,  impedido y todo, fue sin embargo más allá y dio su veredicto sobre la verdad de Odebrecht. “¿Esto confirma que Odebrecht tuvo que devolver un dinero al socio colombiano que lo descubrió que lo estaba tumbando?”, le preguntó Julio. “Esa es la lectura de los hechos que se puede hacer”, respondió el fiscal impedido. Sin embargo, 33.000 millones de pesos son  solo cerca de 11 millones de dólares. ¿Dónde están los otros 40 millones que habrían salido presuntamente de la concesionaria y de Consol que NHM dice que descubrió en sobornos? ¿Hasta dónde esta versión de los hechos que da el fiscal impedido es la que está guiando la investigación?

Y por último: es falso que haya fiscal ‘ad hoc’, el cual debe ser elegido de una terna presentada por el presidente y elegido por la CSJ. Los dos impedimentos que se han fallado a su favor por la CSJ le han entregado esos casos a la vicefiscal María Paulina Riveros, una funcionaria de grandes quilates, pero que es subordinada suya.  

Le recomendamos: Los reencauchados

En el segundo impedimento que le aceptó a NHM la CSJ el magistrado Luis Armando Tolosa salvó su voto porque consideró que la corte debió tomar una postura más activa y “debió evaluarse la asignación de un fiscal ad hoc que garantizara una investigación independiente y veraz para este asunto”. (Ver salvamento de voto).

Comparto esa postura. Ante tan tardíos impedimentos que reflejan los conflictos de intereses del fiscal, se debería elegir a un fiscal ‘ad hoc’ que asuma la investigación del escándalo de Odebrecht para que el país pueda saber quiénes fueron los responsables de haber ordenado más de 50 millones de dólares en sobornos. 

Noticias Destacadas