Marco Tulio Gutiérrez

OPINIÓN

Revocar o pescar en río revuelto

Ante las complejas situaciones que atraviesa nuestro país, desde el Congreso de la República se oyen voces incitando a la revocatoria del mandato del presidente Duque vía referéndum, ¿qué tan viable es la figura?

20 de octubre de 2020

Nuestra Constitución de 1991 introdujo una serie de cambios legales que desde el punto de vista formal y material, anteponían una situación inequívoca; la modernización de la estructura jurídica del estado colombiano, si bien, la Constitución de 1886 prolongó su vida institucional durante 105 años, la carta tuvo cerca de 70 reformas, todas de trascendental magnitud, como la separación territorial de Panamá, el voto de las mujeres, las medidas para garantizar la alternancia del poder que suponía el sistema del “Frente Nacional”, hasta la inclusión del voto popular para alcaldes y gobernadores, que bien sea recordarlo, antes, los burgomaestres de los diferentes municipios eran elegidos por los gobernadores, salvo el caso del otrora Distrito Especial de Bogotá, cuya designación recaía directamente en el presidente de la república, tal como acontecía con los gobernadores departamentales, esta iniciativa, sin duda, fue una de las reformas estructurales que significarían la transformación constitucional de 1991, en donde en aras de robustecer y cimentar nuestro sistema democrático se optó por elegir popularmente a los representantes legales de las entidades territoriales del país, dicho avance suponía una serie de desafíos que en nuestro contexto eran inéditos, por ello, la nueva carta, consciente de la importancia de esta figura apeló por inspirar una normatividad que de suyo, garantizara los derechos políticos de todos los asociados, concentrando así herramientas de control y participación ciudadana ligadas a las expresiones propias de las instituciones democráticas, en ese entender la Ley 134 de 1994, introdujo por primera vez en nuestro ordenamiento las figuras de la consulta popular, la iniciativa popular, y la revocatoria de mandato.

Estas expresiones de participación ciudadanas han sido supremamente interesantes desde el punto de vista teórico, sin embargo, desde el punto de vista práctico han sido escasas, al punto que los procesos exitosos se pueden contar con los dedos de la mano y específicamente con relación a la revocatoria del mandato a la fecha solo existe un referente, el cual se remonta a julio del año 2018, cuando el alcalde del municipio de Tasco, en el departamento de Boyacá, fue revocado mediante el mecanismo previsto en el artículo 64 de la Ley 134 de 1994, con un contundente resultado del 97 por ciento de votos a favor de la derogatoria del mandatario, sin embargo, durante los cerca de veinticinco años de vida normativa de la ley en cuestión, los intentos por revocar el mandato a muchos gobernadores y alcaldes ha resultado fútil, tal vez la misma ritualidad prevista en la ley ha hecho que esta figura sea tan absolutamente compleja; los controles en sede del Consejo Nacional Electoral, la consecución de las firmas, los comités promotores, en fin, todos estos factores procedimentales hacen que esta figura no sea fácil de implementar, sin embargo, estas dificultades no son un capricho del legislador, sino por el contrario una expresión garantista para el mandatario elegido y en consecuencia una instancia de respeto para los derechos de los electores, por ello, el rigor de este procedimiento.

Por esto nuestra enorme sorpresa al oír la semana pasada la propuesta de un senador, quien además de renunciar a su partido, hizo extensiva la insólita idea, de convocar mediante un referendo, una revocatoria al presidente de la república, figura que de suyo no tiene asidero legal, pues tal y como lo manifestamos al referirnos sobre el artículo 64 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria al mandato solo se encuentra tipificada taxativamente para alcaldes y gobernadores, de suerte que esta “original” propuesta raya más con la vindicta política y la desafortunada generalización de la polarización, que con una idea concreta o seria en aras de salvaguardar el interés general de los colombianos, tornando más bien la idea en una especie de iniciativa cantinflesca que solo podría ser consecuente con las banalidades que pululan en las redes sociales.

El papel del legislativo y en especial de sus congresistas debe centrarse en su función constitucional por excelencia, que no es otra que la de proferir leyes, la de redactar mandatos obligatorios de conducta que, en nombre del pueblo colombiano, bajo el mandato soberano que los enviste les otorga la facultad más alta de la organización estatal en cuanto a la creación y redacción de la norma. Por ello, resulta frustrante ver a legisladores bajo la dialéctica de la insinuación y la maquiavélica división, planteando sin sentidos normativos, falacias que lo único que buscan es mayor número de seguidores y adeptos dentro de las vorágines aguas de la opinión.

Con vehemencia defenderemos siempre la institucionalidad del Estado colombiano, y por esta razón es nuestra obligación manifestar sin dubitación alguna que el periodo constitucional del Dr. Iván Duque Márquez, se extiende hasta las 11:59 de la noche del 6 de agosto de 2022, ni un segundo antes. Hablar de cualquier situación diferente es un despropósito, pero más grave aún, es que sea un congresista el que traiga al debate público esta desafortunada consideración, y en este entender reitero, es hora de que en nuestro país logremos establecer un verdadero esquema de disciplina partidista en el que principalmente, la oposición logre establecer un método sistemático de contrapesos para enriquecer la discusión democrática, esto bajo la deliberación y el debate de ideas al interior del capitolio nacional y no bajo las patrañas o soterradas publicaciones en Twitter o redes sociales, es fundamental que nuestros partidos sean integrados por personas adeptas a sus convicciones y no por unos transeúntes ideológicos que de tropezón en tropezón, van de una acera a la otra sin ninguna vergüenza, aquellos que hace apenas unos años proponían la designación de un senador vitalicio, ahora son los mismos que lo tildan de paramilitar. Claro, la política es dinámica, sin duda, pero una cosa es dinamismo y otro anacronismo.

Es evidente, la agenda política de unos se basa en sembrar duda y dividir, sin importar el altísimo precio de la polarización, es claro que nuestra intención no es la de invitar al silencio de nuestros dirigentes políticos, sino la de advertir la necesidad de diálogo mancomunado para trabajar en pro de nuestro país y lograr salir de los complejos episodios que todos los días debemos sortear, las iniciativas del legislativo, deben estar en estos momentos volcadas en torno a la reactivación económica, a la seguridad urbana de las ciudades, a la regulación en asuntos Fintech, pero claramente, la agenda legislativa no puede reposar en la quimera de revocarle el mandato al presidente de la república.

Podemos tener todas las diferencias que queramos con el presidente, con su gabinete, con su forma de ejercer como jefe de gobierno y jefe de Estado, sin embargo, una cosa es diferir y otra apelar a prácticas que, basadas subrepticiamente en un procedimiento democrático, terminan siendo malinterpretadas por la gente y tornándose en herramientas de tiranía.

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