Opinión
Salud: estado de cosas inconstitucional
El problema se traduce en equilibrio financiero, en el valor de la UPC, sus reajustes anuales y los presupuestos máximos para servicios no previstos.
En días pasados, la Procuraduría General de la Nación insistió a la Corte Constitucional declarar un estado de cosas inconstitucional en el sistema de salud, debido al evidente deterioro en la prestación de servicios y las inconsistencias en la regulación del sector. Además, señaló que en la fijación del valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025, el Ministerio de Salud se basó en fuentes parciales, careció de procedimientos transparentes y desatendió mandatos constitucionales fundamentales.
En el mes de mayo de 2024, el entonces defensor del Pueblo, Carlos Camargo, también había pedido a la Corte Constitucional que declarara un estado de cosas inconstitucional. Camargo aseguró que —tras la emisión de la sentencia T-760 de 2008, que declaró a la salud como un derecho fundamental— no se habían cumplido las órdenes para que dicho derecho fuera protegido cabalmente.
El primero de mayo de 2023, el presidente Gustavo Petro, desde el balcón de la Casa de Nariño, advirtió: “Si el Congreso no apoya las reformas, las EPS morirán como un dominó, saliendo definitivamente del mercado, como un dominó que se cae, ficha tras ficha. Eran 110, no quedan sino seis vivas.”
Lo cierto es que durante el año 2024, se presentaron más de 1.584.430 reclamos por deficiencias del sistema de salud, de los cuales, cerca de 875.676 están relacionadas con EPS intervenidas por el Gobierno. La totalidad de EPS acumularon pérdidas operativas de $ 3,1 billones.
Lo más leído
El estado de cosas inconstitucional es un concepto creado por la Corte Constitucional en Sentencia SU-559/97, ante una omisión de las autoridades administrativas que afectaría a miles de personas, en condiciones similares, en sus derechos fundamentales, que justificaría expedir órdenes de tutela de carácter urgente y general. Se ha declarado estado de cosas inconstitucional en ausencia de concurso de notarios, falta de pago de pensiones, desplazamiento forzado, falta de afiliación de docentes, cárceles, seguridad social de presos, protección de defensores de derechos humanos, desplazados, entre otros.
La situación del sistema de salud es compleja: la informalidad laboral impide la afiliación del 55,9 % de los trabajadores y sobrecarga el régimen subsidiado, la inclusión de servicios no previstos por órdenes de tutela, y sobrecostos e ineficiencias. No obstante, en el ranking mundial de Ceoworld estuvo entre los 40 mejores, pero el año pasado cayó a la posición 81 de 110 países.
Declarar en salud el estado de cosas inconstitucional implica la incidencia de la Corte Constitucional en la administración del sistema con el propósito de protección de los derechos fundamentales. Si se tienen en cuenta los antecedentes de otras intervenciones judiciales, como en los casos de cárceles, desplazados y T-760/08, las correcciones serían limitadas y lentas.
Al final, el problema se traduce en equilibrio financiero, en el valor de la UPC, sus reajustes anuales y los presupuestos máximos para servicios no previstos, que según Paciente Colombia, movimiento que reúne 199 organizaciones, han sido significativamente insuficientes. Con el reajuste de la UPC de 5,36 % para 2025, habría un déficit de $ 9,2 billones, y en la asignación de presupuesto máximos se dejaría desprotegido el 80 % de los casos proyectados.
La buena calidad del sistema de salud requiere de prevención, reducción de informalidad y de servicios no previstos. Más dinero y eficiencia, menos leyes y sentencias.
Cita de la semana: “El amor al pueblo es vocación de aristócrata, el demócrata sólo ve en él una muchedumbre que lo puede elegir”. Notas, Nicolás Gómez Dávila.