Amenaza de Santos: populismo o desinformación

FinanzasPersonales.com.co
2 de mayo de 2012

El pasado 27 de abril desde Tibú, Norte de Santander y después de celebrar allí un Consejo de Ministros, el presidente Juan Manuel Santos hizo un resumen de lo que lo motiva para hacer una reforma tributaria, la que pronto presentará al Congreso y que, según él, busca zanjar la desigualdad. Ese resumen se compone de las siguientes frases representativas:

 

  • “Hay 3 millones 500 mil colombianos que no declaran renta, pero que acaban pagando impuestos por la vía de retención. Un promedio de 5,8 – casi 6 por ciento de su INGRESO se va a la Dian, se va en impuestos.”
  • “Esos tres millones y medio de colombianos ganan menos de 10 millones de pesos al año.”
  • “En cambio hay, de tres millones y medio, 80 mil colombianos que ganan más de 400 millones de pesos al año. Y en vez de pagar el 6 por ciento, pagan el 2 por ciento –de su INGRESO-.Eso no tiene ninguna presentación.”
  • “Nuestro sistema tributario no ayuda, como sucede en la mayoría de los países,  a mejorar la distribución del ingreso.  Y queremos es que nuestro sistema sea justo, sea progresivo.”
  • “Por eso vamos a presentar una reforma al Congreso, que sé que en los estratos altos, sobre todo en los que deberían pagar impuestos y no están pagando impuestos, van a 'chillar'.”
  • “Pero si pagan los impuestos no tienen porque 'chillar'. Porque si pagan los impuestos, no los va a afectar prácticamente.”
  • “Pero lo que pasa es que demasiada gente que debería pagar impuestos no está pagando impuestos.  Y demasiada gente que está pagando impuestos no debería pagar impuestos.”

 

Además de Santos, solo otro presidente colombiano, Marco Fidel Suárez, se había referido con tanta autoridad al indicador porcentual que significa el monto pagado de impuestos sobre los ingresos y por esa vía sacar conclusiones.

 

Mientras Suárez lo hizo por convicción cuando promulgó en 1918 la ley 56 creando por primera vez en Colombia el impuesto de renta bajo el inequitativo sistema de cobrar impuestos según el ingreso –algo que pocos años después se corrigió-,  Santos lo hace por populismo. Pues no encuentro otra explicación para los razonamientos errados y contradictorios que expuso en su discurso en Tibú.

 

Quitando de lado, las expresiones demagógicas y que nada aportan, al tratar de enfrentar ricos y pobres al mejor estilo de los gobernantes de izquierda que se están quedando sin discurso, las conclusiones de Santos preocupan. Sobre todo si son éstas las que están inspirando la reforma tributaria. Por ese camino se van a cometer errores y a la larga los cambios que se hagan serán estériles.

 

Ya en otra columna denominada “Fe de erratas de la DIAN” dije que el indicador de pago de impuestos sobre ingresos no significa absolutamente nada.

 

Sin embargo, en documento de la DIAN (Nota 1), y que creo que es una de las bases de información de la próxima reforma tributaria, he encontrado que ese indicador es uno de los favoritos del gobierno para alimentar la idea de inequidad en el pago de impuestos.

 

Los documentos de la DIAN hablan de asalariados y no asalariados. Sobre los primeros dicen que su impuesto a cargo es en promedio casi el 6% de su ingreso. Y para los no asalariados es apenas el 2%. El presidente Santos dice lo mismo en otras palabras, pero seguramente se refiere a la misma información.

 

Lo que convenientemente no dice Santos es que los no asalariados ya pagaron impuestos antes de recibir sus ingresos. En grueso esto se explica así: por lo general los ingresos de los no asalariados son dividendos de empresas, intereses por rendimientos financieros y otros que ya pagaron peaje en la DIAN. Por lo que a la luz de nuestro sistema tributario, no deben volver a pagar otra vez impuestos, pues se configuraría entonces una doble tributación. (Nota 2 y 3)

 

Un conveniente olvido de información que le permite al Presidente condenar a quienes sí pagan impuestos, crear una lucha de clases donde no existe y por esa vía acumular a su cuenta de popularidad. En pocas palabras, Santos hará “chillar” a los ricos basado en una verdad a medias.

 

Si lo que Santos dice fuera cierto, entonces en la lista de los 500 colombianos que más ingresos reciben hay una comunidad de evasores de impuestos, pues su indicador de impuesto a cargo dividido ingresos –que tanto preocupa al Presidente- no llegó ni siquiera al 0.9% en el 2010 (Nota 1). Es decir muchísimo menos del 2% que tiene alarmado al Presidente.

 

Esos 500 colombianos con seguridad han recibido varias visitas de la DIAN, en las que habrán encontrado una y otra vez que los ingresos que devengaron, ya pagaron impuestos y bastante abultados. Razón por la cual su impuesto final a título personal termina siendo bajo. Así es nuestro sistema tributario y allí no hay ninguna inequidad.

 

Me niego a creer que el grupo de expertos que está haciendo la nueva reforma tributaria no haya caído en cuenta de estos importantes detalles. No sé si es por confusión conceptual, ignorancia, mala fe, tozudez o miedo de contarle la verdad al Presidente.

 

Ojalá que ese mismo grupo, además de informarlo correctamente, pronto le cuente al Jefe de Estado que estudios de la DIAN han llegado a la conclusión de que cualquier intento por cambiar la forma de tributación en los asalariados y no asalariados, que injustamente fueron atacados por el primer mandatario, no afectará mayormente el nivel de recaudo de impuestos ni cerrará las supuestas inequidades.  (Nota 4)

 

Y si lo que quiere hacer el gobierno es gravar los dividendos en cabeza de personas naturales, utilizando tasas diferenciales, creo que los efectos serán prácticamente nulos. Además, si los no asalariados ven injusto e inequitativo esta doble tasación, no tardarán en buscar mecanismos de evasión. Los mismos estudios de la DIAN también lo han insinuado de esa forma. (Nota 4)

 

El gobierno debería más bien seguir enfocado en las pocas empresas dedicadas a la explotación minero-energética que, según la DIAN, están presuntamente maquillando sus finanzas para evitar el pago de impuestos. (Nota 1)

 

Como ese sector –quitando a Ecopetrol–- aporta 5 veces más en recaudo de impuestos que todas las personas naturales (Nota 1), cualquier acción en ese frente será mucho más impactante y útil para las arcas del Estado en pro de disminuir la inequidad y la desigualdad.

 

## NOTAS ##


(1) DIAN: Cifras Clave. Presentación de PowerPoint de Juan Ricardo Ortega López, Director de la DIAN. Octubre de 2011

 

(2) AVILA, Javier y CRUZ, Ángela. Análisis del Impuesto sobre la renta para Asalariados: Progresividad y beneficios tributarios. Cuaderno de Trabajo 042. Subdirección de Gestión de Análisis de la DIAN. Bogotá, Colombia. Junio de 2011. Página 15

 

(3) CÁRDENAS, Mauricio y MERCER-BLACKMAN, Valerie. El Sistema Tributario Colombiano: Impacto sobre la Eficiencia y la Competitividad. FEDESARROLLO. Cámara de Comercio Colombo Americana – Confecámaras – USAID.  Agosto de 2005. Página 23 y 119.

 

(4) “El impuesto sobre la renta de personas naturales es de baja importancia en América Latina y en Colombia. Su peso dentro del total de la recaudación no llega al 5% y la carga tributaria no alcanza en ningún país de la región el 2% del PIB. Aunque este es el impuesto llamado a aportar en materia de redistribución del ingreso, su escasa importancia no permite que tenga efectos significativos sobre la progresividad total del sistema tributario.”

“Con un impuesto de renta plenamente integrado, la reinversión de utilidades puede en principio reducir la recaudación general del tributo. Esto no debería ser un problema si luego de madurar las inversiones se declararan utilidades mayores y los impuestos más abundantes compensaran la reducción inicial. No se trata de una gran dificultad desde el punto de vista financiero pero si desde la perspectiva del control tributario, ya que las futuras utilidades podrían diluirse en parte a través de gastos y costos irreales, implicando pérdidas efectivas de recaudación".

AVILA MAHECHA, Javier y CRUZ LASSO Ángela. Análisis del Impuesto sobre la renta para Asalariados: Progresividad y beneficios tributarios. Cuaderno de Trabajo 042. Subdirección de Gestión de Análisis de la DIAN. Bogotá, Colombia. Junio de 2011. Página 61 (Conclusiones y Recomendaciones).