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Duque firmó decreto que reglamenta contratación de jóvenes sin experiencia laboral en entidades públicas

Uno de los lineamientos que contempla la norma es que el 10% de las nuevas vacantes en entidades públicas no deberán exigir experiencia laboral

31 de diciembre de 2019

Uno de los grandes retos que tiene el gobierno del presidente Iván Duque es el de reducir los índices de desempleo en los jóvenes del país. Según cifras del Dane, en el trimestre septiembre-noviembre de este año, la tasa de desempleo en los ciudadanos de entre 18 y 28 años se ubicó en 16,7%, o,6 puntos porcentuales superior a la registrada en el mismo periodo del 2018. 

Ante esto, el pasado lunes 30 de diciembre el mandatario dio un paso importante para incentivar la contratación de jóvenes sin experiencia al firmar el decreto 2365 que fija los lineamientos para que las entidades públicas vinculen a sus plantas a ciudadanos de entre 18 y 28 años que no acrediten experiencia laboral. 

Dicho objetivo está estipulado en el Plan Nacional de Desarrollo ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’ en el artículo 195. Así las cosas, el decreto definió las condiciones con las que se debe hacer la contratación de jóvenes en entidades públicas del país. 

Una de ellas es que las entidades públicas deberán garantizar que el 10% de los nuevos empleos no deberán exigir experiencia profesional con el fin de viabilizar la vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años. 

Adicional a esto, el decreto contempla que cuando se vayan a proveer empleos de la planta temporal ya existentes, “en condiciones de igualdad se deberá dar prelación a los jóvenes entre 18 y 28 años, que cumplan con los requisitos para su desempeño”. 

De igual manera, el documento asegura que las entidades públicas deberán adecuar sus manuales de funciones y competencias laborales para permitir el nombramiento de jóvenes entre esas edades graduados y que no tengan experiencia, o para determinar las equivalencias que corresponda, siempre y cuando cumplan con los requisitos del cargo. 

También según lo anunciado por la presidencia, se establece que el Departamento Administrativo de la Función Pública deberá brindar la asesoría que las entidades requieran para la implementación de este decreto. “Los órganos, organismos y entidades del orden nacional y territorial deberán reportar anualmente el cumplimiento de este porcentaje al Departamento Administrativo de la Función Pública a través del Formulario Único de Reporte de Avance de la Gestión FURAG en su versión II, o el mecanismo que haga sus veces”, señala el decreto. 

Aquí otros puntos imporantes del decreto: 

  • Cuando se creen nuevos empleos en el nivel profesional de la Rama Ejecutiva del orden nacional, el lineamiento del numeral 1 se podrá cumplir a través de la creación de empleos hasta el grado 11 siempre que, en el respectivo manual de funciones y competencias laborales se permita acreditar la experiencia con las equivalencias consagradas en los decretos ley 770 y 785 de 2005, o en las normas que los reglamenten, modifiquen o sustituyan.
  • Para las entidades que cuentan con nomenclatura y escala salarial especial, el lineamiento del numeral 2 se podrá cumplir a través de empleos que exijan hasta 48 meses de experiencia, siempre que en el respectivo manual de funciones y competencias laborales de la entidad permita acreditar la experiencia con la equivalencia que contemplen sus normas especiales.
  • Cuando se presenten vacancias definitivas en los empleos de carrera administrativa, los cuales se vayan a proveer transitoriamente a través de nombramiento provisional, se deberá dar prelación a los jóvenes entre 18 y 28 años, que cumplan con los requisitos para su desempeño, siempre y cuando se haya agotado el derecho preferencial de encargo.
  • Cuando se vayan a proveer empleos de la planta temporal ya existentes, y se haya agotado el procedimiento establecido en los articulas 2.2.1.2.6 y 2.2.5.3.5 del Decreto 1 083 de 2015 respecto de su provisión, respectivamente, en condiciones de igualdad se deberá dar prelación a los jóvenes entre 18 y 28 años, que cumplan con los requisitos para su desempeño.