INFORMALIDAD
Gobierno pone en marcha zonas para combatir la informalidad laboral
A través de la creación de las Zonas Económicas y Sociales Especiales (Zese) se busca dar un estímulo a las empresas en Norte de Santander, La Guajira y Arauca, y a las ciudades de Armenia y Quibdó.
La informalidad laboral es una de las grandes barreras para acceder a empleos bien remunerados y que cumplan las garantías mínimas sociales en Colombia. De acuerdo con el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas), en el trimestre julio – septiembre de 2019, en las 13 ciudades y áreas metropolitanas, la proporción de hombres ocupados que eran informales fue de 43,6%, mientras que esta proporción para las mujeres fue de 48,3%. En el mismo periodo del año anterior, la proporción de ocupados informales para hombres y mujeres fue 45,6% y 48,3%, respectivamente.
Para el periodo de análisis, de las 23 ciudades y áreas metropolitanas, las que presentaron mayor proporción de informalidad fueron: Cúcuta A.M. (72,1%), Sincelejo (65,3%) y Santa Marta (62,5%). Las ciudades con menor proporción de informalidad fueron: Bogotá D.C. (39,1%), Manizales A.M. (39,3%) y Medellín A.M. (41,4%).
El 91,7% de los ocupados en las 13 ciudades y áreas metropolitanas en el período julio - septiembre 2019 reportaron estar afiliados a seguridad social en salud. En el mismo trimestre del 2018, este indicador fue 92,0%. En cuanto a pensiones, la proporción de ocupados cotizantes fue 51,6% para el trimestre julio - septiembre 2019. Para el trimestre julio – septiembre 2018 esta proporción fue 50,5%.
Con el propósito de atacar este problema, el gobierno anunció la creación del régimen especial en materia tributaria de las Zonas Económicas y Sociales Especiales (ZESE) con el que busca disminuir el desempleo, la informalidad, el deterioro de las condiciones de vida y los altos niveles de pobreza en los departamentos de Norte de Santander, La Guajira y Arauca, y las ciudades de Armenia y Quibdó. La iniciativa tuvo luz verde esta semana con la firma del decreto 2112 del 2019.
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El objetivo principal de este régimen, que se creó con el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019, Ley del Plan Nacional de Desarrollo, es la generación de empleo para así contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de la población de los territorios beneficiados.
La tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los beneficiarios de la ZESE será del 0% por 5 años y el 50% de la tarifa general, 5 años siguientes, a partir del año gravable 2020. De igual manera la tarifa de retención en la fuente se calculará de forma proporcional al porcentaje de la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios.
Pueden aplicar esta tarifa las empresas agropecuarias, industriales o comerciales que ya estén constituidas en las zonas definidas por la Ley y el decreto, o las que se creen en los tres años siguientes a la entrada en vigencia de la Ley 1955 (25 de mayo de 2019). Las compañías deben demostrar un aumento del 15% del empleo directo generado, el cual se debe mantener durante el periodo de vigencia del régimen.
Para el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, “la importancia de este régimen es dinamizar el aparato productivo en territorios que presentan una situación crítica en materia de empleo, atraer inversión, estimular la economía y contribuir así al emprendimiento y a la generación de empleo formal”.
Una de las bondades de este régimen es la simplicidad para que las empresas puedan acceder al beneficio de ZESE, sin la exigencia de requisitos excesivos. Lo anterior, con el fin de evitar barreras de acceso y generar una dinámica real atracción de inversión nacional y extranjera en actividades comerciales, industriales y agropecuarias a las regiones beneficiadas.?