TRANSPORTE

Las mascotas podrán ser transportadas en la cabina de los aviones

La Aeronáutica Civil (Aerocivil) amplió la norma que establece cómo deben transportarse las mascotas como perros y gatos en los aviones comerciales.

22 de marzo de 2017
Foto: Getty | Foto: Getty

Con el ánimo de facilitar el transporte de las mascotas de los viajeros en cabina de pasajeros o lazarillos para las personas que sufren de alguna invidencia, la Aerocivil anunció que ampliará la norma contemplada en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC).

En ese sentido, informó que los pasajeros que deseen viajar con perros o gatos domésticos y que sean tenidos como mascotas pueden ser transportados en la cabina de pasajeros con previa autorización de la aerolínea.

“Colombia quiere ponerse a la vanguardia en el transporte de mascotas, que puedan o no estar acompañadas de sus cuidadores, por eso hemos hecho una reglamentación mucho más acorde”.

Así lo explicó en declaraciones a medios de comunicación director de la Aeronáutica Civil, Alfredo Bocanegra, quien además dio a conocer que con esta reglamentación se busca brindar un servicio adecuado según el tamaño, peso, niveles de peligrosidad y requerimientos especiales de la mascota.

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Es así como en aviones que tengan hasta 100 sillas, podrán ir 4 mascotas de un tamaño pequeño, dentro sus guacales y debajo de la silla de adelante en donde las personas usualmente colocan su equipaje de mano.

“Estamos haciendo una humanización de lo que es el transporte aéreo”, destacó Bocanegra, y añadió que en caso de los perros lazarillos o guías se respetarán los derechos para que puedan acompañar a sus dueños durante todo el trayecto.

“Igualmente se mantiene el respeto por los lazarillos, que son perros muy adiestrados, muy inteligentes y nada agresivos, los cuales pueden viajar con las personas para que los ayuden a ir al baño y embarcar y desembarcar”, añadió.

Los usuarios, según la Aerocivil, tendrán que cumplir con las normas sanitarias y de salubridad establecidas para el traslado vía aérea de estos animales.

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En el listado de los deberes de los propietarios destaca:

  • Presentar el carné o certificado de vacunación firmado por un veterinario
  • Los animales no deben ser menores a ocho (8) semanas de edad
  • Informar a la aerolínea 48 horas antes del vuelo, con el fin de prever la disponibilidad de cupo.
  • Las mascotas deben viajar en guacal o contenedor flexible y su peso, en conjunto, no deberá ser superior a los 10 kilógramos.
  • Además, los animales de peso superior serán transportados en bodega de carga
  • El guacal o contenedor no podrá ubicarse en una salida de emergencia o pasillo que impida la movilidad de los pasajeros dentro de la aeronave.
  • Los perros lazarillos que brinden soporte o guía a personas invidentes o con limitación visual podrán viajar en la cabina de pasajeros, siempre y cuando no representen riesgo o molestia en el viaje.

También es importante mencionar que para el caso de vuelos internacionales el pasajero deberá consultar las disposiciones establecidas por otros países con relación al transporte de mascotas antes de llegar a su destino.

“La presencia de las mascotas a bordo de las aeronaves o en los aeropuertos, no debe constituir riesgo para la seguridad aérea, ni para una eventual evacuación de emergencia”, advirtió la Aerocivil.

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