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CORONAVIRUS

Gobierno define protocolos para centros de estética y cosmetología

El Ministerio de Salud expidió la resolución que define los protocolos de bioseguridad para evitar el contagio de la covid-19 que deben ser cumplidos en centros de estética, spa, centros de belleza y zonas húmedas.

9 de octubre de 2020

El Gobierno nacional reglamentó las medidas de bioseguridad para los centros de estética y cosmetología que están prestando sus servicios durante la pandemia con la Resolución 1764 de 2020.

La resolución cobija a los centros de estética y cosmetología, institutos de belleza, spa y zonas húmedas.

Los establecimientos deberán garantizar que los espacios entre camillas aseguren el distanciamiento de dos metros entre personas; disponer de dispensadores de alcohol glicerinado al 60% o gel antibacterial en entradas y puntos de atención, además de garantizar la circulación natural del aire.

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Para la zona de atención al cliente se debe instalar una barrera en material acrílico, vidrio o plástico que separe a cliente y personal, así como garantizar el distanciamiento social en áreas comunes, vestuarios y zonas de espera.

“La limpieza y desinfección de puestos de trabajo, superficies, elementos, herramientas y equipos de trabajo debe ser con una periodicidad mínima de tres horas, se debe retirar de las cabinas todos los elementos desechables utilizados, cambiar toda la ropa de la camilla de tratamiento después de cada cliente y desinfectar vestidores y cabinas antes y después de cada uso”, destacó la cartera de salud.

Los baños deben contar con jabón líquido antibacterial y toallas desechables para los usuarios.

Para el caso específico de las cabinas de spa y zonas húmedas de los establecimientos en los que se ofrecen servicios de tratamientos, terapias o sistemas de relajación no medicinal, la autoridad dictó que solamente ingrese la esteticista o cosmetóloga con el cliente para la atención de la cita.

Para los turcos, saunas y jacuzzis, se debe “ventilar el espacio entre cliente y cliente; desinfectar el equipo de trabajo y establecer tiempos de aislamiento entre 20 minutos a 30 minutos en cada cabina de operación para garantizar limpieza y desinfección”.

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En tanto, la resolución contempla las normas básicas de autocuidado entre el personal de cada establecimiento y el uso obligatorio de los elementos de protección personal de acuerdo al nivel de riesgo de exposición a la covid-19.

Todos los establecimientos deben también disponer de un tapete desinfectante de calzado, suministro de gel antibacterial permanente.

De igual forma, se establece que la reserva se haga vía electrónica o telefónica de tal manera que se pueda calcular el número máximo de personas permitidas en el establecimiento.