BOGOTÁ

Bogotá define reglas para patinetas y bicicletas eléctricas

Esta reglamentación, emitida por medio de una resolución, aborda asuntos de seguridad, los espacios que se deben utilizar y las normas para los usuarios.

29 de mayo de 2019
| Foto: Grin

La Alcaldía de Bogotá dio a conocer, a través de la Secretaría de Movilidad, las nuevas reglas que regirán en la ciudad para intentar dar fin a la ambigüedad del funcionamiento de las plataformas que alquilan patinetas eléctricas, que quedan parqueadas en el espacio público y han generado dudas entre las autoridades y en la ciudadanía.

Tanto así que, en particular, la Alcaldía de Chapinero decomisó por medio de la Policía decenas de patinetas por obstrucción del espacio público.

De acuerdo con la resolución 209 del 2019, que determina el protocolo para el aprovechamiento económico del espacio público por el alquiler o uso compartido de patinetas o bicicletas, las compañías que tengan interés de tener este modelo de negocio deberán establecer un contrato con el Distrito de Bogotá para poder ofrecer el servicio.

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Esta reglamentación aborda asuntos de seguridad, los espacios que se deben utilizar y las normas para los usuarios.

La Secretaría de Movilidad tendrá la función definir el cupo limitado y las zonas en las que se pueden parquear los vehículos, que han permeado la micromovilidad de la ciudad.

El proceso atribuye a la entidad autorizar zonas de calzadas vehiculares en las que se podrá desarrollar esta actividad y que las empresas tendrán que retribuirle al Distrito en dinero, en especie o mixto por el uso del espacio público.

De la misma manera, se definirán espacios para las estaciones de bicicletas y quienes presten el servicio deberán encargarse de que el usuario tenga conocimiento de las instrucciones para movilizarse en este medio; normas de circulación, multas, recargos y otros cargos.

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El Gobierno local no ha explicado los montos que tienen que pagar quienes hagan uso del espacio público para este fin. Sin embargo, adelantó que la velocidad de las patinetas no podrá ser superior a 20 kilómetros por hora, deberán tener freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible en cada patineta.

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Por medio de la resolución se definieron las zonas donde no podrán estar los vehículos, pero no se aclaró cuáles serán las permitidas.

Las patinetas tendrán que cumplir con los procotolos de seguridad vial, uso adecuado del espacio público, facilitad de uso de parte de los usuarios (en tarifas, inscripción y acceso), protección al usuario, gestión con las comunidades para mitigar los riesgos sociales del aprovechamiento del espacio público y datos abiertos sobre uso y desempeño del sistema.

Bogotá es la primera ciudad del país en emitir una regulación para las patinetas y bicicletas eléctricas, que están circulando también en urbes como Cali y Medellín.

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