PENSIONES

Así quedó la cotización a pensiones al 3% para trabajadores independientes

El Ministerio de Salud modificó la planila integrada de liquidación de aportes, de tal modo que los aportantes se acojan al beneficio de la cotización parcial a pensiones en mayo y junio (para los periodos de abril y mayo).

4 de mayo de 2020

La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), con la cual los independientes realizan sus aportes a salud y pensión, fue ajustada por el Gobierno para que las personas paguen menos por estas cotizaciones.

A través de la Resolución 686, el Ministerio de Salud modificó la Pila de tal modo que los aportantes se acojan al beneficio de la cotización parcial a pensiones en mayo y junio (para los periodos de abril y mayo) con la tarifa del 3%.

Para este propósito, las plataformas tecnológicas de los operadores de información se encuentran habilitadas para permitir reportar el pago de 3% en el Sistema General de Pensiones.

Si las personas pagan la Pila electrónica, al liquidarla se debe seleccionar la tarifa del 3% de aporte a pensión. Ahora, si ya tiene una planilla guardada, la plataforma le preguntará si desea usar la tarifa reducida.

Por su parte, en los casos de suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada, y cuando el empleador se acoja al pago parcial, también se deberá reportar la tarifa del 3%.

Si se opta por dicho beneficio, el aporte con destino al Fondo de Solidaridad Pensional (de 1% o 2%, según el ingreso) no se hará, ya que el decreto establece exclusivamente un aporte del 3% para los periodos de cotización de abril y mayo de 2020.

Vale destacar que la cotización parcial no aplica para madres sustitutas, beneficiarios del Fondo de Solidaridad Pensional, concejales municipales o distritales no amparados con póliza de salud y beneficiaros del mecanismo de protección al cesante.

Finalmente, desde el 12 de abril y hasta el mes siguiente en el que termine la Emergencia Sanitaria por la Covid-19, no se cobrarán intereses de mora por las cotizaciones a salud, pensiones, riesgos laborales y parafiscales que correspondan a dicho periodo y que se paguen de manera extemporánea.