RUT

Abecé para entender el RUT de los pensionados y cómo debe actualizarse

Por los nuevos cambios en la clasificación de actividades económicas, la Dian invita a las personas a revisar y mantener actualizado el Registro Único Tributario. Para los pensionados, el nuevo código es “0020 Pensionados”.

28 de enero de 2021
La actualización se podrá realizar hasta el próximo 30 de junio de 2021. | Foto: Ingimage

El Registro Único Tributario es un documento a cargo de los contribuyentes, fundamental para trámites como la declaración de renta y los reportes de información, entre otros. Por ello, la Dian les recuerda a los colombianos que deben revisarlo y mantenerlo al día.

Debido a los recientes cambios en la clasificación de las actividades económicas, es necesario realizar la actualización correspondiente. El plazo para realizar este trámite es hasta el próximo 30 de junio de 2021 y puede hacerlo a través de los canales virtuales de la Dian.

Con respecto al proceso de actualización para pensionados, la Dian responde a las preguntas más frecuentes y explica cómo actuar en casos particulares, aquí le contamos.

Algunas inquietudes generales…

1. ¿La actualización del RUT aplica para los pensionados?

La actualización de las actividades económicas aplica para los pensionados y todos los contribuyentes cuyos ingresos provengan de aquellas actividades que fueron modificadas o desaparecieron de la clasificación, esto luego de las resoluciones del DANE y la Dian a finales de 2020. Consulte los cambios en el portal web de la Dian.

2. ¿Todos los pensionados deben hacer el cambio?

No, el trámite solo deben hacerlo quienes estén inscritos en el RUT. El nuevo código que deben indicar es el “0020 Pensionados”, de acuerdo con la Resolución 114 de 2020, y deben inscribir la fecha de inicio de dicha condición.

Según la entidad, la actualización aplica para “las personas naturales cuyos ingresos provengan de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional.”

3. ¿Solo deben hacer la actualización los pensionados inscritos en el RUT que declaren renta?

No, la actualización deben realizarla, tal como lo indica la definición del código “0020 Pensionados”, todas las personas que tengan ingresos provenientes de una pensión, sea de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de ahorro pensional, que estén inscritas en el RUT.

Y en casos particulares…

1. Si es pensionado y no tiene RUT

Si de acuerdo con su realidad económica, cumple los requisitos para declarar renta o requiere estar inscrito en el RUT, debe reportar la actividad económica. Por el contrario, si no tiene ninguna obligación con la Dian, no es necesario inscribirse en el RUT.

2. Si es pensionado y sus ingresos no superan el monto para declarar renta, pero su patrimonio sí

Si cumple con los requisitos para declarar renta por patrimonio, es necesario que se inscriba en el RUT ante la Dian con el código de la actividad económica correspondiente.

3. Si es pensionado y reporta otros ingresos

Aquellos contribuyentes que, además de pensión, cuenten con otras actividades económicas deben informarlas meDiante el RUT, indicando fecha de inicio. Dependiendo de cuáles le generen mayores ingresos, debe ubicar las actividades económicas como principal y secundarias en el formulario.

4. Si es pensionado y asalariado

En el caso de que sus ingresos salariales superen el valor de la pensión, debe actualizar el RUT con el código “0010 Asalariado” como actividad principal y “0020 Pensionado” como secundaria.

5. Si es pensionado y está inscrito en RUT, pero tiene otra actividad económica y no declara renta

Debe reportar la actividad económica de pensionado en el RUT y mantenerlo actualizado así declare o no renta. Ante la Dian, tiene que indicar las actividades económicas en el RUT de acuerdo con el monto de los ingresos.

Tenga en cuenta que la Dian estará realizando la actualización automática “de oficio” a los pensionados, considerando la información reportada en las declaraciones de renta presentadas en el 2020. La entidad le notificará vía correo electrónico si su RUT fue actualizado. De lo contrario, deberá realizar el proceso en los canales virtuales de la Dian.

Para hacer el trámite necesita tener habilitada la cuenta de usuario en la Dian, o crear una nueva si no la tiene. Una vez inicie sesión desde la opción de “Usuario Registrado”, debe ubicar en el menú “Mis actividades” la opción “Actualización RUT” e ingresar.

La información del campo de actividad económica que debe actualizar se encuentra en la hoja 1 del formulario. Seleccione esa opción en el menú desplegable y haga clic en cargar documento. A partir del campo 46 y hasta el 50 se encuentra la información de las actividades económicas, realice los cambios correspondientes.

Si tiene alguna duda, revise el siguiente paso a paso.