CESANTÍAS
Fondos privados no cobrarán comisión por retirar cesantías por licencia no remunerada
Así lo informó el presidente de Asofondos, Santiago Montenegro, que aclaró que la medida aplicará a quienes tienen sus ahorros en los fondos privados.
La nueva posibilidad para los trabajadores de retirar sus cesantías, ya sea porque les disminuyeron los ingresos o quedaron en licencias no remuneradas, tendrá un alivio adicional.
Según Asofondos, gremio que agrupa a las cuatro administradoras de fondos de cesantías (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia), a partir de esta semana se redoblan los esfuerzos para que las personas que tengan sus cesantías en estas AFP privadas, puedan hacer un retiro parcial de estos ahorros.
Por esto, dichas entidades, además de disponer de canales virtuales para tramitar las solicitudes, no cobrarán la comisión de retiro para este nuevo uso, confirmó Santiago Montenegro, presidente de Asofondos.
Además, precisó que esta nueva modalidad -que se suma al retiro por desempleo, vivienda y educación- solo aplicará para los afiliados a los fondos de cesantías privados, según lo establecido por las autoridades.
“Como parte de nuestros compromisos con los trabajadores más vulnerables y bajo los principios de solidaridad que deben regir a todos los actores de la economía para enfrentar los efectos de esta contingencia, los fondos de pensiones y cesantías nos sumamos con una serie de medidas que esperamos contribuyan a mitigar los impactos a estos trabajadores, en una difícil coyuntura como la actual”, explicó Montenegro.
Así operan los retiros
La Circular 013 de 2020, bajo la que se aplicarán estas medidas de alivio, establece que estas solicitudes se tramitarán a través de canales digitales como las páginas web de las cuatro administradoras, para lo cual "las AFP deben emplear medios idóneos de verificación que permitan validar la identidad del solicitante y del empleador".
Eso sí, en ningún caso se podrán girar los recursos correspondientes a retiros parciales de cesantías a una persona diferente del titular de la cuenta de cesantías.
Para aquellos afiliados que no se encuentran bancarizados o no cuentan con Internet, los fondos trabajan para ofrecer mecanismos excepcionales que les permitan atender las solicitudes a través de los canales digitales y/o remotos.
¿Retiros parciales o totales?
De acuerdo con la normativa de la Superintendencia Financiera, los retiros mensuales de las cesantías serán parciales y, para materializarlos, se debe contar con un certificado expedido por el empleador que debe contener la siguiente información:
Para realizar la solicitud, el trabajador debe acceder a los canales virtuales que habiliten las administradoras, anexando la información que se solicita generalmente para los trámites de cesantías tales como documento de identidad, cuenta bancaria a la cual se hará el abono del retiro, entre otros, y, además, la certificación del empleador.
El monto máximo que podrá retirar mensualmente el trabajador será el monto de la disminución salarial que certifique el empleador, siempre que disponga de ese saldo en su cuenta de ahorro de cesantías.
¿Cómo se harán los pagos?
La norma establece que el pago por retiro parcial "se abonará de forma mensual por el monto solicitado por el afiliado, siempre que no exceda el valor de la disminución del ingreso mensual certificado por el empleador", y "en todo caso estará limitado al saldo disponible en la cuenta de ahorro de cesantías".
Esto quiere decir que si, por ejemplo, una persona ha tenido una disminución salarial de $900.000, pero en su cuenta de ahorro de cesantías solo tiene $600.000, se le abonará el saldo que tenga.
Las cuatro administradoras (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) tienen cerca de 9 millones de trabajadores afiliados, cuyos ahorros de cesantías están por encima de los $15 billones.