Ahorro
¿Qué hacer en caso de que no cumpla los requisitos para la pensión?
Debido a la poca educación de ahorro de los colombianos y a la gran tasa de informalidad que presenta el mercado laboral, muchas personas llegan a su vejez sin ningún tipo de protección. Le contamos qué le conviene más en caso que llegue a pasarle esto.
La educación financiera es una de esas cosas en las que uno no cree hasta que ve las consecuencias de su ausencia ante sus propios ojos. Y el dicho “hasta no ver, no creer” puede poner su futuro en riesgo.
Especialmente si hablamos del ahorro para la vejez, ser ajenos al tema porque creemos que esto es solo para los ancianos y que por lo tanto no debemos preocuparnos, podría llegar a ser nefasto. Por lo que la previsión es fundamental.
En Colombia, un país donde existen dos regímenes de pensiones (el de Prima Media y el de Ahorro Individual con Solidaridad) que solo cobijan al 23% de la población, este peligro se vuelve inminente.
Según cifras del DANE, de cada 10 trabajadores activos en la actualidad, solo cuatro están en la formalidad, es decir, solo el 40% de las personas aportan para su salud, riesgos profesionales y pensión, lo que es un deber y un derecho de los ciudadanos.
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Álvaro Montero, Vicepresidente jurídico del fondo de pensiones Old Mutual afirma que “el porcentaje total de personas mayores a 40 años, que son en teoría las personas que deberían tener conciencia de que tienen que cubrirse para su vejez, y que cotizan incluso obligatoriamente, es menos del 50%. Esto se debe a una muy baja capacidad de ahorro”, afirma.
Algunas de las razones es que, según Montero, el porcentaje de personas que tienen un ingreso alto en el país es solo del 24%. “El segundo es el tema de la informalidad, si yo soy informal no tengo ningún incentivo a tener una cuenta de ahorro porque la DIAN me va a agarrar y porque no tengo lo suficiente. Por último el alfabetismo financiero, la ausencia desde la niñez de incentivar la necesidad de ahorrar, y la dificultad de acceder a un sistema financiero”.
Esto demuestra los grandes retos que se deben afrontar. Santiago Montenegro, presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones (Asofondos), cree que "con un nivel de informalidad del 63% y con tantas transacciones informales, tenemos que ver cómo inducimos a las personas a cotizar. Tiene que ser una mezcla de elementos cuasi forzosos a la luz de las teorías de la economía del comportamiento que empujen a la gente a ahorrar”.
“En otros países como por ejemplo en México, las personas que gastan con la tarjeta de crédito o hacen algún pago de tarjeta pueden autorizar a que un porcentaje, 2% o 3% termine en una cuenta de ahorro. 2% no es nada pero cuando se dan cuenta, después de 3 años tienen una cantidad enorme de plata que se ha ahorrado en esa forma. Es un enorme reto pero hay que decirle a la gente que si usted no ahorra no va a poder cubrir sus riesgos de vejez".
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¿Qué hacer si no lo logró?
Debido al crecimiento de la informalidad, el promedio de semanas cotizadas al momento de retiro laboral de los trabajadores colombianos es de 500, cifra que dista ampliamente para lograr los requisitos de tiempo necesarios para alcanzar una pensión (1.300 semanas cotizadas en Colpensiones, y 1.150 en los fondos de pensiones privados, es decir, tres años menos que en la administradora pública).
Dada esa circunstancia, cifras del gobierno indican que, por cada 10 trabajadores, solo uno podrá pensionarse en Colombia. Entonces, ¿qué camino le queda al trabajador que no alcanza los requisitos para tener una pensión? Todo dependerá de donde esté afiliado, si en una administradora pública, como Colpensiones, o un fondo privado como Colfondos, Old Mutual, Porvenir o Protección.
Recordemos que en Colombia cada régimen pensional tiene la obligación de devolverles a los afiliados los aportes realizados en caso de que no cumplan con los requisitos para pensionarse. En Colpensiones, esa devolución se conoce como ‘Indemnización Sustitutiva’, y en los fondos de pensiones privados como ‘Devolución de Saldos’.
En el primer caso, (Indemnización Sustitutiva) al trabajador le retornan sus aportes ajustados solo con inflación, mientras que en los fondos de pensiones privados (Devolución de Saldos) le devuelven los aportes ajustados con inflación y con el reconocimiento de los rendimientos generados a lo largo de los años sobre la plata que tiene el trabajador en su cuenta de ahorro individual.
Pongamos el ejemplo de María*, quien siempre ganó un salario mínimo y cuyos aportes a pensiones se hicieron sobre ese monto. Al llegar a la edad de pensión ella vio que solo logró 700 semanas cotizadas. Sin opción de pensión, María solicitó el retorno de su dinero en Colpensiones y recibió una devolución cercana a los $11 millones.
Pero si María hubiera estado afiliada a alguna de las cuatro administradoras privadas (Colfondos, Old Mutual, Porvenir o Protección), habría podido recibir cerca de $32 millones, esto es, una diferencia de $21 millones a su favor. ¿Por qué esa brecha?
Porque en la administradora pública solo le devuelven sus aportes ajustados con inflación y no le reconocen algún interés sobre ese ahorro, como sí ocurre en los fondos de pensiones privados.
Las cifras del último año muestran que la devolución de dinero en Colpensiones fue, en promedio, de $4,4 millones por afiliado, mientras que en los fondos de pensión fue de $35 millones.
Y aunque puede parecer una diferencia significativa, recuerde que de todas maneras cada caso es único y que su decisión en materia pensional resulta fundamental para gozar de mayores beneficios y mayor tranquilidad en la vejez. Por lo que, si es de los que ve ese momento aún muy lejano, debería reconsiderar el ahorro como parte esencial de su vida.
*Nombre inventado
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