POLÍTICA
Este es el borrador del proyecto que eliminaría el incesto, el concierto para delinquir de las marchas, y la injuria y la calumnia
SEMANA conoció el contenido del proyecto de ley. Ya el Comité de Política Criminal lo avaló y llegará al Congreso en los próximos días.
El Ministerio de Justicia ya tiene listo el borrador del proyecto de ley por medio del cual “se humaniza la política criminal y penitenciaria para contribuir a la superación del estado de cosas inconstitucional y se dictan otras disposiciones”.
Aunque el título del documento dice una cosa, su contenido tiene a más de un abogado penalista con los pelos de punta por los polémicos cambios que se avecinan en el Código Penal.
Por ejemplo: cristaliza la propuesta del gobierno de Gustavo Petro de quitar el delito de concierto para delinquir contra quienes hagan parte de las manifestaciones en las vías públicas. En su artículo 22, habla de modificar el Artículo 340 del Código Penal que, a su vez, contiene un parágrafo aclaratorio.
“En ningún caso se entenderá que las conductas que se desarrollan en el marco de la protesta social pacífica, el ejercicio de la libertad de reunión, asociación o manifestación, pueden dar lugar a la configuración del delito de concierto para delinquir, en sus modalidades simple o agravada”, se lee. En otras palabras, beneficia a quienes participen de las protestas en las ciudades.
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Otro de los temas polémicos que contempla el borrador del proyecto es que elimina el delito de incesto. “Deróguese los artículos 220,221, 222, 223, 224, 225, 227, 228 y 237 del Código Penal”, se lee en el artículo 16.
Precisamente, el artículo 237 del Código dice: “Incesto. El que realice acceso carnal u otro acto sexual con un ascendiente, descendiente, adoptante o adoptivo o, contra un hermano o hermana, incurrirá en prisión de 1 a 4 años”.
El Colegio de Abogados Penalistas se pronunció y mostró su molestia por la eliminación del delito de incesto. “Es muy grave”, le dijo a SEMANA el reconocido abogado Francisco Bernate.
Con la derogación de los artículos 220, 221, 222, 223, 224, 225, 227 y 228 del Código Penal, también se eliminaría el delito de injuria y calumnia y se dejaría exclusivamente la injuria de vía de hecho, es decir, cuando se atenta verbal y físicamente contra la imagen de una persona. En otras palabras, cuando las personas van más allá de las palabras, como escupir al adversario.
En el mundo real — según el abogado Bernate—, la injuria de vía de hecho aplica para el acoso callejero.
El problema es que si se despenalizan la injuria y la calumnia, tal como se lee en el borrador del proyecto de ley, las redes sociales y los ataques que allí reinan quedarían impunes.
De acuerdo con el borrador, el artículo 226 del Código Penal quedaría: “Injuria por vías de hecho. El que haga a otra persona imputaciones deshonrosas por vías de hecho incurrirá en prisión de 16 a 54 meses y una multa de 13.33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
Además, la iniciativa contempla derogar el Capítulo IX de los delitos contra el sentimiento religioso y el respeto a los difuntos. Es decir, no incurriría en una falta el que obligue a otro a cumplir un acto religioso o le impida participar en una ceremonia de la misma índole, quien perturbe o impida la celebración de una ceremonia religiosa, el que cause daño a los objetos destinados a un culto o a los símbolos de cualquier religión y quien sustraiga un cadáver o sus restos o ejecute sobre ellos acto de irrespeto.
El proyecto tiene 44 páginas y está sometido a cambios del Ministerio de Justicia antes de llegar al Congreso en las próximas semanas. Al fin y al cabo, contempla temas sensibles como la flexibilización de la cárcel para algunos de los condenados.
Ministro de Justicia hace esta propuesta y estalla polémica: los presos saldrían a trabajar en el día y volverían a las cárceles en la noche
El artículo 148 del borrador del proyecto de ley que busca una justicia restaurativa en Colombia ya promete ser el centro de una gran polémica. En uno de sus apartes se menciona la posibilidad de que los presos, que cumplan una serie de requisitos, puedan salir a trabajar en el día y volver a los respectivos centros penitenciarios en la noche.
El artículo, titulado ‘Libertad Preparatoria’, fija una serie de condiciones para recibir este beneficio. Los internos tienen que pasar por un proceso de resocialización, haber cumplido la mayor parte de su condena y no tener sentencias relacionadas con delitos sexuales contra menores de edad, la administración pública y los más graves que señale el Código Penal.
Los internos podrán trabajar en empresas o fábricas avaladas y vigiladas por el Estado. El ministro de Justicia, Néstor Osuna, calificó esta propuesta como un sistema de premios que busca fomentar la reinserción a la sociedad y evitar que estén tanto tiempo privadas de la libertad. “Sale a trabajar y vuelve a la cárcel a pasar las noches y fines de semana”, señaló en entrevista con Noticias RCN.
El artículo indica, textualmente, que “al condenado se le podrá conceder la libertad preparatoria para realizar actividades comunitarias de reparación o trabajar en fábricas, empresas o con personas naturales y siempre que estas colaboren con normas de control establecidas para tal efecto”.
El borrador del proyecto está en la etapa de rediseño recibiendo comentarios y sugerencias de expertos. Se espera que en las próximas semanas sea presentado al Congreso de la República que, tras los debates exigidos, definirá si lo aprueba en su totalidad, realiza algunas modificaciones o lo tumba.
El artículo va más allá e indica que el interno que quiera acceder a este beneficio tiene que cumplir más del 40 % de la pena efectiva. “Antes de concederse la libertad preparatoria el Consejo de Evaluación y Tratamiento estudiará cuidadosamente al condenado, cerciorándose de su buena conducta anterior por lo menos en el último año, de su consagración al trabajo y al estudio y de su claro mejoramiento en el proceso de su readaptación social”.
De esta forma se buscará garantizar que los internos cumplan su jornada laboral y regresen a los centros carcelarios, evitando así una fuga que podría afectar el proceso de resocialización y confianza en la política del Estado.
Otros apuntes de la justicia restaurativa
En agosto pasado, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, presentó apartes de su propuesta, indicando la necesidad de promover el perdón y la reinserción. En otras palabras, se pretende que la víctima y el victimario lleguen a un acuerdo, exista una rebaja de pena, se reduzca el hacinamiento carcelario ―con una sobrepoblación de 16.182 reclusos, de acuerdo con el Inpec― y, de paso, se descongestione el sistema judicial.
Sobre el terreno, nadie se imagina conciliando con un delincuente el robo de su teléfono celular. Menos hacerle seguimiento para que cumpla con los pagos de la factura. Al fin y al cabo, cuando el ladrón acude al ‘raponazo’ es porque no tiene condiciones económicas. ¿Qué ocurrirá con el delincuente que no tenga dinero para pagar? El Gobierno tiene que ser creativo, señala el abogado Francisco Bernate.
“Si el señor no tiene trabajo, a la víctima tampoco le servirá que el ladrón vaya preso. Tenemos que pensar en trabajo social”, explica. Ese es uno de los tantos interrogantes que deberá resolver Osuna, cuya iniciativa permanece en su cabeza, pero aún no está escrita en un proyecto de ley que tendrá que pasar por el Congreso, en el que corre el riesgo de ser satanizada.