Política
Atención: Gobierno Petro ya firmó el decreto que prohíbe las exportaciones de carbón a Israel
El documento tendrá vigencia hasta que se detenga el genocidio, según el propio decreto.
El gobierno del presidente Gustavo Petro ya firmó el decreto a través del cual Colombia establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel, cumpliendo así con el anuncio que hizo el mandatario colombiano hace un par de meses por lo que catalogó como el genocidio en Gaza.
Petro aseguró a través de su cuenta de X: “Vamos a suspender las exportaciones de carbón a Israel hasta que se detenga el genocidio”, en un mensaje motivado por su indignación por la escalada de violencia en la Franja de Gaza.
El decreto contiene cuatro artículos que contemplan la definición de la medida, la cual está enmarcada por la prohibición de las exportaciones al Estado de Israel de las Hullas térmicas que se clasifican en la subpartida arancelaria 2701.12.00.10.
El alcance de la medida, según explica el documento, no aplicará si “las mercancías que, antes de la entrada en vigor de este decreto, están amparadas con una Solicitud de Autorización de Embarque debidamente presentada y aceptada por la Dian, o con un Formulario de Movimiento de Mercancías debidamente autorizado por el usuario operador”.
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Tampoco se tendrá en cuenta si “las Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia de este decreto, hubieren expedido el Certificado al Proveedor”; o si “los negocios jurídicos perfeccionados hasta la entrada en vigencia del presente decreto, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima”.
Los mecanismos para acreditar estas excepciones se adelantarán en un procedimiento de registro digital en el que los interesados podrán acreditar expectativas legítimas o situaciones jurídicas en la página del Ministerio de Industria y Comercio.
“Dicho registro será reglamentado por el Ministerio de Industria y Turismo y en este deberá permitir la acreditación de requisitos y documentos que evidencien las circunstancias a la que se refiere el numeral 3° del artículo 2° del presente decreto”, señala el documento.
Allí se enmarcan cuatro puntos que se denominan: “Presentación y recepción”, “verificación por parte de las autoridades competentes”, “evaluación y reconocimiento” y “exportación”, donde se cumpliría con los requisitos del Ministerio de Comercio para aprobar la excepción a la exportación.
Según el documento, el decreto empezará a regir cinco días contados a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y tendrá vigencia hasta que “se cumplan a cabalidad las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia en el Proceso de la aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza”.
El decreto lleva la firma de los ministros de Relaciones Exteriores, Luis Gilberto Murillo; de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla; de la viceministra de Minas del Ministerio de Minas y Energía, encargada de las funciones del despacho, Kelly Johana Rocha; y del ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes.
El borrador del decreto generó fuertes críticas de la Procuraduría General de la Nación. El procurador Gustavo Guerrero, delegado para Asunto Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios, explicó: “Colombia recibe regalías por la exportación de carbón por el orden de 650 mil millones de pesos al año, 100 mil millones de pesos se invierten en los departamentos del César y La Guajira, y no es claro en el decreto cuál es la forma en que se van a sustituir esos ingresos y esa inversión”.
En las observaciones que envió la Procuraduría sobre la medida también explicaron que el decreto no es idóneo porque “debe propender por un objetivo constitucionalmente legítimo y el cual debe evidenciarse como de imperiosa consecución”. Así el Estado colombiano tenga la facultad para intervenir en la economía.
Otro de los debates que puso sobre la mesa el Ministerio Público sobre el borrador de decreto se basa en que no tendría garantías de su efectividad, porque no hay una demostración técnica que permita determinar que se cumplan decisiones de la Corte Internacional de Justicia y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.