Política
Katherine Miranda lanza grave alarma: denuncia que ley de jurisdicción agraria del Gobierno Petro revive la expropiación exprés
La iniciativa se radicó este martes 27 de agosto en el Congreso de la República. Nuevamente se abre el debate.
En el Plan Nacional de Desarrollo que fue aprobado en 2023 se incluyó una polémica proposición que buscaba acelerar los procesos para que el Gobierno comprara tierras pero, en su momento, la congresista Katherine Miranda denunció que eso era una expropiación exprés porque se acababa con el debido proceso y a los 21 días se podía sacar a los tenedores de los predios con acompañamiento de la Policía.
Esa denuncia fue el detonante para un enfrentamiento en redes sociales entre la congresista de la Alianza Verde y el presidente Gustavo Petro. Con el paso de los días la Corte Constitucional tumbó la norma que se denunció porque no existió un mecanismo de publicidad que garantizara el conocimiento de los congresistas y, por lo tanto, “se violó el principio de publicidad, el cual constituye un presupuesto para el debate y adopción de una decisión democrática”, dijo la Corte.
Pero cuando esa discusión se creía superada, el tema volverá al Congreso de la República ya que SEMANA conoció el articulado de la ley ordinaria de la Jurisdicción Agraria que será radicado este martes en el Legislativo y allí, al parecer, volvería la expropiación exprés.
El proyecto de ley tiene 40 páginas y es el que se entregará a los congresistas para que sea debatido en los próximos días. Sin embargo, hay algunos artículos que prendieron las alarmas y que seguramente generarán un gran debate.
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#DENUNCIA Hoy se radica el proyecto de ley de Jurisdicción Agraria y Rural, y, tal como me lo temía, quieren incluir la expropiación exprés, abro hilo:
— Katherine Miranda (@MirandaBogota) August 27, 2024
Por ejemplo, el artículo 5º de la iniciativa incorpora unos principios para el derecho agrario que se suman a los establecidos en la Constitución y en las leyes agrarias. En el numeral cuarto se habla de “la función social y ecológica de la propiedad agraria” y se dice que: “las actividades de reforma agraria y desarrollo rural son de utilidad pública e interés social. La concentración improductiva u ociosa de las tierras es contraria a la utilidad pública y al interés social”.
El asunto de fondo es que el artículo 58 de la Constitución Política de Colombia dice que “cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica”. Además, se explica que cuando haya, por interés social, una expropiación deberá ser mediante sentencia judicial e indemnización previa.
Eso querría decir que el artículo 5º de la Ley de Jurisdicción Agraria elevaría a categoría de utilidad pública cualquier predio que tenga vocación agrícola por lo que el Estado podría expropiar sin problema alguno.Por esto se genera tanta polémica.
Pero además, el artículo 12 en su parágrafo 1º, entrega superpoderes a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) que entraría a dirimir conflictos en algunos casos y “de todos los demás asuntos agrarios y rurales para los cuales no exista regla especial de competencia”, se lee en la reforma.
El parágrafo dice lo siguiente: “Los procesos agrarios especiales de los que trata la Ley 160 de 1994 contra personas naturales o jurídicas, de derecho público y particulares, serán resueltos por la Agencia Nacional de Tierras mediante acto administrativo, sin perjuicio del control judicial que ejerce esta Jurisdicción a través de la acción de nulidad agraria a la que se refiere el numeral 23 de este artículo”.
En septiembre de 2023, en medio de todo el debate del Plan Nacional de Desarrollo, José Félix Lafaurie advirtió que darle superpoderes a la ANT no era conveniente y sus palabras servirían para lo que propone nuevamente la ley de jurisdicción agraria. “La expropiación implica indemnización, hay que pagar el valor del bien. En la extinción del dominio, que es la propuesta del gobierno, no hay que pagar, el Estado se lo quita, lo trata como a un criminal. En cambio, el narcotraficante o el corrupto tienen derecho a un proceso judicial con intervención de un juez”, dijo en ese momento.
Su argumentación se basaba en que se eliminaban, como podría hacerlo esta nuevo proyecto de ley, las garantías judiciales a la extinción de dominio y que la ANT podría resolver todo a través de un proceso administrativo y no por los jueces.
La radicación del proyecto de ley se hizo a las 9:00 de la mañana de este martes 27 de agosto, donde asistieron los ministros del Interior, Juan Fernando Cristo; de Agricultura, Martha Carvajalino, y de Justicia, Ángela María Buitrago. Además, estuvieron sectores del Pacto Histórico y del Partido Comunes.
Esa iniciativa que establece el procedimiento especial agrario y rural ha sido defendido por el Gobierno Petro y busca poner en marcha lo pactado en el Acuerdo de La Habana con las extintas Farc-EP en materia de tierras.