POLÍTICA
Gustavo Petro y Margarita Cabello chocan: esta es la carta que el presidente le envió a la procuradora; le dice que no acata su decisión de sancionar al alcalde de Riohacha
SEMANA tuvo acceso al documento. El presidente argumenta la teoría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que dejó sin garras al organismo disciplinario para sacar del cargo a personas elegidas por el voto popular. Teme acciones judiciales futuras contra el país, dijo.
La Casa de Nariño y la Procuraduría General de la Nación enfrentan un nuevo choque de trenes como consecuencia de una decisión disciplinaria que impartió el organismo al mando de Margarita Cabello y que el Gobierno nacional pretende desconocer.
El 23 de abril pasado, la Procuraduría Tercera Delegada para la Contratación Estatal ordenó la suspensión provisional por tres meses al alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez, por presuntas irregularidades en una licitación pública.
Sin embargo, el presidente Gustavo Petro, quien en teoría debería expedir un decreto designando un encargado para dicho municipio —porque es una ciudad capital—, desconocerá la suspensión.
Al menos así se evidencia en una carta que el jefe de Estado le envió directamente a la procuradora Margarita Cabello el 25 de julio de 2023, donde argumenta, entre otras razones, que dicho organismo administrativo no tiene facultades para sancionar a un alcalde en ejercicio.
Es decir, la misma tesis de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que llevó a la justicia a tumbar el fallo que en su contra profirió el exprocurador, Alejandro Ordóñez, por el escándalo de las basuras cuando fue alcalde de Bogotá.
SEMANA conoció el documento de 24 páginas firmado con puño y letra.
Dice Petro que la medida cautelar “no es una de aquellas medidas restrictivas de los derechos políticos autorizadas en el Artículo 23 n.° 2 de la Convención ADH, ni reúne las exigencias mínimas de los estándares convencionales fijados por la Corte IDH en sus precedentes, lo que hace imposible que se proceda a expedir el acto de ejecución o cumplimiento solicitado por la autoridad administrativa, en cuanto se consumaría la violación de los derechos humanos políticos del electo popularmente (...), implicando un serio riesgo de la responsabilidad internacional del Estado por un presunto acto ilícito internacional que, en el futuro, le sería reclamado a la República de Colombia”.
Agregó: “Encuentra, asimismo, el presidente, efectuando una interpretación del efecto útil y acorde con el principio Pro Homine, que solo el hecho que quien profiera la medida cautelar sea una autoridad no jurisdiccional y no en un proceso penal, desconoce la garantía material que acompaña el ejercicio del derecho político humano del Artículo 23 de la Convención ADH”.
El presidente “advierte que la medida cautelar restrictiva del derecho político que se le impone a un electo popularmente proviene de una autoridad administrativa disciplinaria, perteneciente a la estructura administrativa y funcional de la Procuraduría General de la Nación, dentro de un proceso administrativo disciplinario de naturaleza sancionatoria, lo cual entra en contradicción material con el estándar convencional fijado por la Corte IDH respecto de las funciones sancionatorias de este ente de control frente a los electos popularmente”.
Por tanto, “el presidente entiende, en virtud del control ex officio de convencionalidad efectuado, que no le asiste la obligación convencional de proferir los actos de cumplimiento o ejecución de la medida cautelar requerida por la Procuraduría Delegada Disciplinaria, en cuanto a que se consumaría la violación de los derechos humanos políticos del electo popularmente, implicando un serio riesgo de la responsabilidad internacional del Estado por un presunto acto ilícito internacional que en el futuro le sería reclamado a la República de Colombia”.
Por eso, Gustavo Petro pidió devolver la solicitud al funcionario administrativo de origen “para que adopte los correctivos convencionales que correspondan en el ámbito de sus competencias”.
Además, solicitó enviar su carta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos “para que obre como documento de cumplimiento de lo ordenado al Estado dentro del caso Petro para Colombia; a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; al embajador de Colombia ante la OEA para que sea puesto en conocimiento de los países miembros de la misma y sea leída en sesión ordinaria”.
Finalmente, el jefe de Estado anunció que remitirá los antecedentes de este asunto a la Fiscalía para que, si a bien lo tiene, adelante las actuaciones que considere pertinentes dentro de sus competencias.