POLÍTICA
Contratos por prestación de servicios: así se busca que el trabajador tenga vacaciones pagas
La iniciativa busca, además, que quienes están bajo esta modalidad de contratación puedan acceder a una mesada pensional digna.
Luego de la radicación de cientos de proyectos de ley en el Congreso, uno de los que más ha suscitado la atención de los ciudadanos ha sido que busca cambiar las condiciones de los contratistas por prestación de servicios.
Según las estadísticas de la página, cerca de 600 personas han buscado y descargado la iniciativa, de autoría del partido de La U. Esto es todo un récord si se tiene en cuenta que normalmente el ciudadano poco tiene acceso a los portales en los que se publican los proyectos de ley.
Una de las grandes novedades de la iniciativa es que establece un período de descanso remunerado legal para los contratistas de prestación de servicios, un beneficio del que no gozan actualmente.
“Cuando el contratista sostenga un vínculo de uno o varios contratos de prestación de servicios con una empresa privada durante el término de por lo menos 18 meses, consecutivos, sin que transcurran más de 90 días para la celebración entre ellos, la empresa deberá otorgar al contratista un permiso remunerado para descanso, equivalente a 15 días hábiles, cubiertos dentro del valor total del contrato de prestación de servicios”, indica la iniciativa.
El mismo permiso de 15 días hábiles se deberá otorgar “en los casos que una entidad estatal sostenga un vínculo de uno o varios contratos de prestación de servicios con la misma persona natural, durante el término de por lo menos 18 meses, consecutivos, sin que transcurran más de 90 días para la celebración entre ellos”.
Adicionalmente busca generar sanciones fiscales y disciplinarias, a los empleadores que permitan que los contratistas presten servicios sin estar formalmente vinculados a la entidad.
“Bajo ninguna circunstancia ninguna persona natural podrá prestar servicios hasta tanto se encuentre formalmente contratada con la entidad, so pena de sanciones fiscales y disciplinarias”, señala el proyecto.
Igualmente, se busca promover que tanto las entidades públicas como las privadas tengan al menos el 80 % de su planta de personal mediante contrato laboral, es decir, que máximo se podrá recurrir al contrato de prestación de servicios con el 20 % del personal.
La iniciativa también pretende que quienes estén vinculados por prestación de servicios tengan una mesada pensional digna, para lo cual se hace una modificación drástica en el aporte a salud y pensión que hacen estos trabajadores.
Actualmente, el trabajador asume de manera independiente el pago de la seguridad social a partir del 40 % del Ingreso Base de Cotización (IBC), que es básicamente lo que recibe mensualmente.
Ahora, con este proyecto, ese pago es asumido también por la entidad contratante.
“El 40 % del valor a pagar será asumido por el contratista y el 60 % restante será asumido por la entidad pública o empresa privada contratante”, señala el texto.
También se busca incentivar que, en los casos en los que su labor lo permitan, se privilegie el uso del teletrabajo para los contratistas por prestación de servicios.
Los contratos por prestación de servicios se han convertido en una modalidad fuertemente arraigada en el país tanto en sector público como privado, y que ha sido utilizada como forma de encubrir las relaciones laborales, esquivando las garantías que supone el esquema de protección social de los trabajadores.
De hecho, solo en el sector público para el año 2021 se registraban más de 530.000 personas vinculadas a través de esta modalidad, representando el 48,71 % del total del personal contratado en las entidades del Estado.