El canciller Álvaro Leyva.
El canciller Álvaro Leyva. | Foto: juan carlos sierra-semana

Judicial

Defensa del canciller Álvaro Leyva asegura que medida provisional que lo sacó del cargo no es constitucional

SEMANA habló con el abogado Ernesto Matallana, quien representa al ministro de Relaciones Exteriores.

Redacción Semana
29 de enero de 2024

La decisión de la Procuraduría que separó de su cargo por tres meses al canciller Álvaro Leyva será recurrida por su defensa. Así lo confirmó en diálogo con SEMANA el abogado Ernesto Matallana.

El experto en derecho administrativo asumió la defensa del alto funcionario, quien considera que la Procuraduría no tenía la competencia, según las disposiciones legales colombianas, para tomar una decisión de esa naturaleza.

“No se dan los presupuestos para una medida cautelar: la ley que regula la materia establece unos parámetros. Y en el caso del señor canciller, no se cumplen”, asegura Matallana.

El abogado explica que el Código Único Disciplinario establece que en faltas calificadas como gravísimas o graves, como la que le adjudican al canciller, la Procuraduría puede suspender del cargo al funcionario a través de un acto motivado, siempre y cuando se evidencie que interfiere en el trámite de la investigación, permite que continúen las faltas o esas faltas vuelvan a cometerse.

Urgente: El canciller Álvaro Leyva fue suspendido y separado del cargo por tres meses

A juicio de Matallana, ninguna de esas situaciones se cumplen en este momento, dado que se trata del estudio de un hecho que sucedió en el pasado y frente al cual el canciller no tiene hoy injerencia para cambiarlo.

En el documento de 122 páginas en el cual la Procuraduría sustentó la suspensión, se enumeran las presuntas irregularidades que cometió en tres etapas específicas de la licitación para la entrega de pasaportes.

La primera fue haber declarado desierta la licitación, para lo cual no estaba facultado; la segunda es la decisión de decretar la urgencia manifiesta para, de un plumazo, contratar la expedición de los documentos por un año. Por último, no acatar y ni siquiera escuchar las recomendaciones de la Agencia de Defensa Jurídica y del Comité de Contratación de la Cancillería de llegar a una conciliación con Thomas Greg & Sons, que había ganado la licitación con un resultado perfecto de 1.000 puntos.

El canciller, Álvaro Leyva, condenó los actos contrarios al Derecho Internacional y al Derecho Internacional Humanitario en Palestina.
El canciller de Colombia, Álvaro Leyva | Foto: Cortesía Cancillería

Matallana asegura que la visión que tiene la Procuraduría sobre el caso del canciller es inconstitucional, pues se está tomando una decisión por los hechos que el funcionario pueda cometer a futuro, lo cual implica una violación a su presunción de inocencia.

La Procuraduría no tiene competencia para esta decisión porque la norma no lo autoriza para suspenderlo. La norma es muy clara sobre cuándo se puede suspender”, reitera Matallana.

El jurista asegura que acudirán a las vías legales para recurrir esa decisión. En principio, ante la misma Procuraduría que frente a este tipo de decisiones tiene una sala de consulta. Pero advierte que, de no estudiarse el tema, no descartan interponer una tutela o incluso acudir a instancias internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Sobre el fondo del asunto, el abogado asegura que el canciller tenía plenas facultades y razones para declarar desierta la licitación y luego para decretar la urgencia manifiesta. Matallana explica que la licitación era violatoria del derecho a la igualdad y que, por lo tanto, el canciller tenía un fundamento jurídico para declararla desierta.

  El canciller defendió las polémicas designaciones del cónsul en Chile, Sebastián Guanumen, y del embajador en México, Álvaro Moisés Niño. De este último, explicó que su nombramiento se cayó “por razones mecánicas”.
El canciller Álvaro Leyva ha asegurado que no conciliará con Thomas Greg & Sons. | Foto: Guillermo Torres Reina-Semana

Recuerda que, a la luz de la Ley 80, se cumplieron las hipótesis para que el alto funcionario declarara la ineficacia de pleno derecho de este proceso. “No hay que reparar ningún daño en un acto que se considera irregular porque tenía reglas injustas y esas reglas injustas terminaron derivando en una vulneración de derechos constitucionales como la libre competencia, es decir, el derecho a la igualdad”, agrega.