Política
Desconocer el pliego de cargos del CNE: la jugada de Petro para exponer su caso ante la Corte IDH. Buscará medidas provisionales
El tribual internacional ya ha fallado a favor de Gustavo Petro tras su destitución cuando era alcalde de Bogotá.
Un terremoto político se desató en el país por la respuesta que dio la defensa del presidente Gustavo Petro al pliego de cargos que le formuló el Consejo Nacional Electoral (CNE), por una supuesta violación de los topes de la financiación de la campaña presidencial.
En el documento que presentó ante ese organismo electoral, Héctor Carvajal, quien defiende los intereses del mandatario colombiano en ese proceso de investigación, mencionó de manera directa que desconocía la determinación de esa entidad.
Inclusive advirtió la defensa del jefe de Estado: “El Consejo Nacional Electoral no puede reabrir el debate sobre el particular, por cuanto se han generado unos derechos adquiridos a favor de los particulares sometidos a la rendición de cuentas que impiden que dicha entidad pueda revivir el debate para ir contra sus propios actos, sin contar con el consentimiento de los beneficiarios de tales derechos”.
“Igualmente, el Consejo Nacional Electoral desconoce la obligatoriedad que impone la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-1153 de 2005, a través de la cual declaró exequible el término de 30 días, contados a partir de la fecha de elección del presidente de la República, para que opere la caducidad para las denuncias o quejas por violación de topes y financiación ilícita de las campañas presidenciales. En el caso de quien resulta elegido como presidente de la República, indicando que, luego de dicho término, la competencia radica en la Contraloría General de la República para recuperar los dineros que se hayan pagado injustificadamente como gastos de campaña”, dice los argumentos expresados por Carvajal.
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Sin embargo, esa jugada de Petro ante la gravedad del pliego de cargos que lo tiene contra las cuerdas, le empieza a despejar un camino que el actual presidente conoce muy bien y es el de recurrir ante la Corte IDH, tribunal internacional que ya falló a su favor, cuando la entonces Procuraduría General de la Nación de Alejandro Ordóñez lo destituyo por 15 año cuando fue alcalde de Bogotá.
Inclusive, recientemente el vicecanciller, Jorge Rojas, dio a conocer que por solicitud expresa de Petro se había presentado su caso ante la Corte IDH, hecho que se dio en octubre de 2024.
“Ya el caso está presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Estamos solicitando medidas provisionales para el ciudadano presidente Gustavo Petro y hemos recibido llamadas y manifestaciones de solidaridad de varios países de América Latina de sectores del parlamento europeo y la inquietud que se ha generado en materia internacional que es la pregunta sobre lo que puede pasar con la democracia en Colombia”, detalló en esa oportunidad Rojas, otro de los alfiles del mandatario colombiano, cuando se conoció sobre la investigación que venía adelantando el CNE.
Cabe reseñar, que el terreno lo está abonando el presidente Petro también ante la comunidad internacional, ya que hace varias semanas, se realizó un encuentro en la Casa de Nariño con más de 70 embajadores en Colombia.
Allí, al término de esa reunión de alto nivel, el canciller Luis Gilberto Murillo, señaló en declaración ante los medios de comunicación, que el mandatario dijo, que las acciones del Consejo Nacional Electoral en su contra violan el fuero presidencial.
“Hablamos de eso, de cómo se han incorporado muchas nuevas comunidades creando un gobierno multicolor, que eso es muy importante, y planteamos obviamente que aquí lo central es la protección del fuero presidencial”, dijo Murillo.
Por último expresó el canciller: “Porque además que sumado al fuero presidencial hay aspectos obviamente de detalles del proceso que no tocamos, pero sumado al fuero presidencial el presidente Petro tiene una condición especial por las medidas cautelares que están en el marco de la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde está el caso Petro que definió la doctrina jurisprudencial para las Américas en ese sentido”.