Política

El Consejo Nacional Electoral respaldó la viabilidad de reincorporación de antiguos miembros a la Nueva Fuerza Democrática

Hasta el 29 de julio hay plazo para que, quienes militan en otros partidos, puedan incorporarse al partido sin perder la curul que ocupan ni incurrir en la doble militancia.

Redacción Semana
17 de julio de 2023
Antiguos seguidores y simpatizantes del partido puedan reincorporarse al movimiento sin incurrir en doble militancia y sin perder su curul.
Antiguos seguidores y simpatizantes del partido puedan reincorporarse al movimiento sin incurrir en doble militancia y sin perder su curul. | Foto: Imagen de Nueva Fuerza Democrática tomada de la página oficial del partido

En un comunicado emitido por el expresidente de Colombia, Andrés Pastrana, a través de su cuenta de Twitter, se dio a conocer que el Consejo Nacional Electoral ha rechazado la solicitud de revocatoria directa de la Resolución 1549 y, en cambio, ha decidido respaldar la viabilidad de la reincorporación de antiguos miembros a la Nueva Fuerza Democrática, partido con el que llegó a la presidencia.

La Nueva Fuerza Democrática, un partido político fundado por el expresidente Andrés Pastrana como una disidencia del Partido Conservador Colombiano, ha estado buscando afianzar su posición y recuperar la confianza de antiguos miembros que, en algún momento, decidieron agregarse a otros partidos y a los nuevos candidatos a fines a La Nueva Fuerza Democrática. La resolución que pretendían revocar respondía a tres solicitudes específicas que generaron debate y controversia entre los miembros y simpatizantes del partido.

En primer lugar, se consultó si las personas que actualmente ocupan un escaño en el Congreso, asambleas departamentales o concejos municipales, podían afiliarse a la Nueva Fuerza Democrática sin incurrir en doble militancia. La resolución 1549 de 2023 del Consejo Nacional Electoral confirmó que sí es posible, permitiendo que aquellos que ocupen cargos de elección popular por otros partidos y sean simpatizantes o hayan sido militantes de la Nueva Fuerza Democrática puedan afiliarse sin restricciones.

Andrés Pastrana Arango
Ex Presidente
ANDRES PASTRANA. BOGOTA FEBRERO 20 DE 2007. FOTO: JUAN CARLOS SIERRA-REVISTA SEMANA. | Foto: Juan Carlos Sierra

En segundo lugar, surgieron inquietudes sobre si las personas que actualmente ocupan un escaño en el Congreso, asambleas departamentales o concejos municipales, y deciden inscribirse en la Nueva Fuerza Democrática, perderían sus cargos. La resolución fue clara en este punto, estableciendo que aquellos que tramiten la reincorporación ante el partido no perderán la dignidad que ocupan, siempre y cuando hubiesen sido elegidos en corporaciones públicas o cargos uninominales en representación de otras organizaciones políticas.

Por último, se planteó cuál era el plazo para que aquellos pertenecientes a otros partidos pudieran afiliarse a la Nueva Fuerza Democrática. La resolución 1549 de 2023 estableció un plazo hasta el 29 de julio de 2023 para que presentaran la correspondiente renuncia a sus colectividades y tramitaran la reincorporación ante el partido, de acuerdo con sus estatutos internos, sin perder la curul que ocupan ni incurrir en la doble militancia.

La Nueva Fuerza Democrática celebra una importante victoria tras el respaldo del Consejo Nacional Electoral, permitiendo que antiguos miembros y simpatizantes se unan al partido.
La Nueva Fuerza Democrática celebra una importante victoria tras el respaldo del Consejo Nacional Electoral, permitiendo que antiguos miembros y simpatizantes se unan al partido. | Foto: Imagen tomada de la página oficial

La decisión del Consejo Nacional Electoral de rechazar la solicitud de revocatoria directa ha sido fundamentada en la presunción plena de legalidad de la Resolución 1549 de 2023. Se ha enfatizado que este acto administrativo fue expedido mediante un debido proceso y no ha sido declarado nulo por las autoridades judiciales, lo que implica que su ejecución es plena y los actos derivados de ella se consideran legales.

La Resolución 1549 de 2023 no entra en conflicto con la Ley 1475 de 2011, la cual restringe el cambio de partido para ciertas personas que ocupan cargos de dirección, gobierno, administración o control dentro de los partidos y movimientos políticos, o que han sido elegidos en cargos de elección popular. La resolución simplemente busca restaurar el derecho de los “simpatizantes” a retornar a la Nueva Fuerza Democrática, considerándolo como una restitución de sus derechos a participar en política libremente.

Andrés Pastrana Arango
Andrés Pastrana Arango | Foto: VANNESSA JIMENEZ G-afp

La sentencia emitida por la Sala del Consejo Nacional Electoral ratifica la negación de la solicitud de revocatoria directa, al no encontrar oposición manifiestamente contraria entre las normas constitucionales y legales señaladas por el solicitante y el artículo sexto de la resolución 1549 de 2023. La decisión ha sido tomada con base en el precedente del máximo órgano de la jurisdicción constitucional y ha sido respaldada por las Resoluciones 2776 y 4258 de 2023.

La decisión del Consejo Nacional Electoral representa un importante paso para la Nueva Fuerza Democrática, ya que le brinda la oportunidad de consolidarse como una opción política viable y atraer nuevamente a aquellos que, en algún momento, decidieron apartarse. Sin embargo, también abre el debate sobre las implicaciones y el alcance de la reincorporación de antiguos miembros, en un contexto político donde la diversidad de opciones partidistas es un tema relevante. La resolución y su respaldo por parte del Consejo Nacional Electoral serán objeto de análisis y discusión en el panorama político colombiano en los próximos días.