Política
Esta es la fecha en la que entraría en vigor la reforma pensional aprobada en el Senado y que sigue su curso en la Cámara
La reforma fue aprobada con 47 votos por el sí y 6 por el no. La bancada del Gobierno celebró la decisión.
La plenaria del Senado aprobó la reforma pensional este martes, 23 de abril, uno de los principales proyectos del Gobierno Petro, que desató distintas polémicas en torno a su discusión y que ahora queda en manos de la Cámara de Representantes, donde tendrá sus dos debates finales para convertirse en ley de la República.
La reforma fue aprobada con 47 votos por el sí y 6 por el no, decisión que la bancada del Gobierno celebró con gran energía. Ante esto, la ministra del Trabajo, Gloria Ramírez, intervino para expresar su agradecimiento hacia el Congreso, al tiempo que ratificó que la vigencia contemplada en el proyecto de ley cuenta con los estudios necesarios.
“Tengan la tranquilidad de que lo que hemos hecho y lo que vamos a culminar para darle la oportunidad a este proyecto de ley de que haga su tránsito en la Cámara, puedo decir que actuamos con rigurosidad y tengan la confianza de que no los vamos a defraudar”.
Ante la aprobación en el Senado y de tener luz verde en la cámara baja, la reforma entraría en vigor en julio de 2025. Un proyecto que tuvo cruentos debates y con el tiempo en contra, pues este 23 de abril era la última oportunidad de que la iniciativa completara el trámite para salvarse del hundimiento.
Entre los artículos aprobados está que el Banco de la República administre el fondo de ahorro del pilar contributivo, a pesar de voces en contra como la del senador Carlos Fernando Motoa, de Cambio Radical, o Carlos Meisel, del Centro Democrático.
¿Cómo quedó la transición? ¿Lo tocará la reforma?
Una de las preguntas más frecuentes para los colombianos es sobre la transición, pues todo mundo quiere tener claridad de si la reforma lo toca o si, por su edad, queda por fuera de sus alcances.
Lo aprobado en el Senado implica que quienes en 2025 tengan 900 semanas o más (hombres) o 750 semanas o más (mujeres), podrán pensionarse en Colpensiones o en fondos privados, tal como funciona ahora.
Entretanto, los colombianos que no cumplan con esas semanas en la fecha establecida se pensionarán con las nuevas reglas de juego de la reforma.
Lo que no cambia
No cambia la edad de la pensión ni el monto de cotización. Tampoco cambian las condiciones para calcular la mesada en el régimen de prima media: los 10 últimos años del ingreso recibido por su actividad laboral y máximo una tasa de retorno del 80 %.
El promedio de la tasa de retorno es del 65 % en el régimen público, en parte por las características del mercado laboral colombiano, en el que las personas pierden el empleo, duran un tiempo vacantes mientras se vuelven a enganchar, lo que impacta su posibilidad de cotización.
Existe la opción de ir subiendo dicho porcentaje hasta un máximo de 80 %, a medida que va subiendo el número de semanas cotizadas.