Política
Esta es la proposición con la que congresistas buscan que Gustavo Petro se someta a un examen médico
Las constantes ausencias del mandatario son uno de los principales argumentos de la proposición.
En la tarde de este martes 22 de agosto, la proposición que pretende que Gustavo Petro sea sometido a un examen médico tras sus múltiples ausencias en actos de Estado, será radicada oficialmente en la secretaría del Senado.
SEMANA conoció el documento de autoría de los representantes Christian Garcés y Juan Espinal, ambos del Centro Democrático, pero que se espera cuenten con el respaldo de varios congresistas de Cambio Radical y otros partidos independientes.
“Son notorias y altamente preocupantes las constantes ausencias a eventos confirmados y repentinos cambios de agenda del presidente Gustavo Petro Urrego. El más reciente ejemplo de ello fue la inasistencia, de antemano confirmada, a un encuentro con la comunidad en Cartagena al Diálogo Social por la Seguridad, la Paz y la Vida y al Congreso Empresarial Colombiano que realizó la Andi. No solo esto, sino que el medio de comunicación digital La Silla Vacía en publicación del 24 de julio de 2023 en una investigación que tituló ‘Petro ha incumplido su agenda 82 veces desde que es presidente’ reveló que la segunda causa de ausencias del presidente se da en razón a enfermedad”, se lee en los argumentos de la proposición.
Aun cuando la principal razón de sus ausencias es el incumplimiento de agenda privada, “sus cada vez más frecuentes desapariciones del escenario público hacen plantear la hipótesis de que las condiciones de su salud no son las más óptimas y que, a su vez, estas no le están permitiendo el adecuado ejercicio de jefatura de gobierno”.
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El texto oficial resalta que, en medio de las escandalosas declaraciones a SEMANA del embajador en Venezuela, Armando Benedetti, uno de los principales aliados políticos del hoy presidente Gustavo Petro Urrego, este sugirió que el mandatario tendría un problema con drogas. Esto quedó relatado en la entrevista que le concedió a Vicky Dávila:
V. D.: según usted, Laura Sarabia le ofreció la Cancillería, el Ministerio del Interior, manejar temas de paz y hasta ser el coordinador de las elecciones.
A. B.: después de todo, ella me dice: “No, es que hay un problema de cocaína, no sé qué vaina”. Y yo le dije: ah, qué bien…
V. D.: ¿un problema de cocaína?
A. B.: la hijueputa diciendo que había un problema de cocaína.
V. D.: ¿o sea, que usted consumía cocaína?
A. B.: sí, y yo le dije: ah, no, tu jefe no hace un culo, si fuera por eso, qué hace el man ahí.
V. D: ¿o sea, usted lo que le dice es: si yo tengo un problema de cocaína, supuestamente, el presidente lo tiene igual?
A. B.: no, yo no tengo un problema con él. Yo le dije: “Si usted cree que yo lo tengo, ¿qué hace el otro?”.
V. D.: ¿y el otro es el presidente Petro?
A. B.: ajá.
En la proposición conocida por SEMANA se citan varios artículos, entre ellos, el 194 de la Constitución Política: “Son faltas absolutas del Presidente de la República, su muerte, su renuncia aceptada, la destitución decretada por sentencia, la incapacidad física permanente y el abandono del cargo, declarados estos dos últimos por el Senado. Son faltas temporales la licencia y la enfermedad, de conformidad con el artículo precedente y la suspensión en el ejercicio del cargo decretada por el Senado, previa admisión pública de la acusación en el caso previsto en el numeral primero del artículo 175″.
Lo mismo que la Ley 5 de 1992. “Artículo 313. Atribuciones especiales. Son atribuciones especiales del Senado de la República: Declarar el abandono del cargo y la incapacidad física permanente del Presidente de la República”.
Además, el Artículo 320 habla de trámites especiales en el Senado. “En el Senado de la República, por virtud de sus atribuciones constitucionales especiales, se tramitarán las renuncias, licencias, permisos, abandono del cargo, avisos, excusas e incapacidades físicas permanentes del Presidente de la República y el Vicepresidente”.
Y el 326: “Del presidente de la República. Los informes médicos y el cuadro sintomático certificado, autorizan al Senado para declarar en estado de incapacidad física permanente al presidente de la República. Oficializada tal declaración, se informará al vicepresidente de la República en los términos del artículo 321 anterior”.
Y culmina la proposición: “La certificación médica, al igual que la exigida en el caso del vcicepresidente de la República (artículo 26), deberá ser expedida por tres (3) facultativos de la más alta calidad científica designados, cada uno en su orden, por la Academia de Medicina, la Federación Médica y el Tribunal de Ética Médica”.