Nación
Estos serán los horarios de ley seca para elecciones regionales en Colombia, según borrador del Ministerio del Interior
Sobre el porte de armas, las autoridades militares adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos
El Ministerio del Interior tiene listo el borrador de decreto con el que el Gobierno Nacional reglamentará a las autoridades locales y regionales con el fin de garantizar la seguridad en los comicios territoriales de 2023 que se llevarán a cabo el próximo domingo 29 de octubre.
En el documento compuesto por 12 páginas y 33 artículos, publicado en la página oficial del Ministerio de Interior, ordena a las autoridades militares y de policía coordinar con mandatarios locales los comités de orden público y consejos de seguridad para adoptar medidas que minimicen los riesgos de seguridad. En estas elecciones se definirán los futuros alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y ediles para los próximos cuatro años.
Así serán los horarios de ley seca
Otro de los aspectos a destacar del borrador, que se encuentra en etapa de comentarios, es el Artículo 19, el cual plantea la Ley seca durante el certamen electoral, “Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día sábado 28 de octubre hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 30 de octubre de 2023″.
En cuanto a las reuniones políticas de los aspirantes, el borrador estipula que los alcaldes y gobernadores deben facilitarle a los partidos políticos y movimientos ciudadanos las manifestaciones en espacios públicos: “Permita a los ciudadanos conocer con claridad el debate democrático que resulta de las propuestas de las distintas organizaciones políticas”.
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“Durante el día de elecciones no podrán colocarse nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral, así como su difusión a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave. Respecto de la propaganda que se hubiese puesto con anterioridad al día de las elecciones, se aplicará lo dispuesto en el artículo siguiente”, señala el artículo 4 del borrador proyectado el Ministerio del Interior.
Sobre el porte de armas, el documento plantea que las autoridades militares adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) del sábado 28 de octubre 2023, hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día lunes 30 de octubre de 2023.
“En caso de segunda vuelta para la elección de Alcalde Mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, la prohibición se aplicará en el territorio del Distrito Capital, desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día sábado 18 de noviembre hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día lunes 20 de noviembre de 2023″, se lee en el texto del borrador de decreto.
Para los votantes también habrá restricciones. Se plantea que los ciudadanos podrían llevar un elemento de ayuda que no mida más de 10 centímetros y que no sea portado en un lugar visible, que le permita a la persona identificar la imagen del partido o del candidato que va a elegir.
“La Policía Nacional decomisará toda clase de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante el día 29 de octubre”, se contempla en dicho texto. Al igual que en todas las elecciones, quedaría prohibido el uso de celulares y cámaras en los puestos de votación entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. Después de esa hora, en medio de los escrutinios, quienes tienen esa facultad serán los testigos electorales de cada partido, de poder utilizar cámaras fotográficas para guardar evidencia electoral.
El Ministerio del Interior invita a la ciudadanía para que aporte sus comentarios sobre el decreto que expedirá el Gobierno del presidente Gustavo Petro, buscando garantizar el orden público durante el certamen electoral.