Presidente Gustavo Petro
El presidente Gustavo Petro. Photo by Getty Images/Getty Images) | Foto: Getty Images

POLITICA

Gustavo Petro le lanza pullas a la Corte Constitucional porque le tumbó la emergencia económica en La Guajira, y anuncia una reforma sobre la crisis climática

El problema es que el Congreso, hasta el momento, no ha aprobado el grueso de las reformas de Gustavo Petro.

Redacción Semana
28 de octubre de 2023

Al presidente Gustavo Petro solo le ha prosperado la reforma tributaria en el Congreso y ya está anunciando una nueva iniciativa constitucional sobre la crisis climática en el 2024.

Lo dijo este sábado 28 de octubre a través de su cuenta personal de X, anteriormente Twitter. El jefe de Estado comparó lo ocurrido en Acapulco, en México, devastado por un fenómeno natural que dejó cuantiosos daños económicos, y lanzó su propuesta.

El presidente Gustavo Petro decretó la emergencia económica en La Guajira. El resto del país no se escapa del riesgo, pero jurídicamente podría ser inviable.
El presidente Gustavo Petro decretó la emergencia económica en La Guajira. El resto del país no se escapa del riesgo, pero jurídicamente podría ser inviable. | Foto: juan carlos sierra-semana / Cristian Garavito - Presidencia / Isagen

“En cuestión de horas, una tormenta tropical se convirtió en huracán categoría 5″, expresó.

Y siguió: “La doctrina constitucional colombiana, a partir de la destrucción de la emergencia económica decretada por el Gobierno Nacional para La Guajira, dice que la crisis climática es previsible en sus efectos”.

Y añadió “que la constituyente del 91 no sabía de la crisis climática. Corresponde al Congreso para el año entrante realizar una reforma constitucional que adecúe nuestra juridicidad al principal problema de la humanidad hoy: la crisis climática”.

El presidente no entregó detalles de qué contendría la nueva reforma climática que, a simple vista, deja más preguntas que certezas, y que suena muy bien en este momento, cuando el jefe de Estado apenas completa sus primeros 14 meses de gobierno, pero resultaría incierta para el 2024, cuando las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo, seguramente, estarán más deterioradas.

La Corte Constitucional decidirá si el decreto de emergencia económica en La Guajira se mantiene o, por el contrario, deberá ser modificado.
La Corte Constitucional decidirá si el decreto de emergencia económica en La Guajira se mantiene o, por el contrario, deberá ser modificado. | Foto: Presidencia - Colprensa

Recientemente, la Sala Plena de la Corte Constitucional le propinó un duro golpe al presidente Gustavo Petro: tumbó cinco de los 11 decretos que había expedido en el marco de la declaratoria de emergencia económica, social y ambiental para esa región, que no fue avalada por el alto tribunal.

Los decretos que se cayeron, según los togados, por haber sido considerados inconstitucionales son: la reforma estructural a la salud en La Guajira; el decreto para recuperar las salinas marítimas de Manaure, uno más que buscaba adoptar medidas para el uso del espectro radioeléctrico, la iniciativa para proteger la riqueza cultural del pueblo wayúu y el decreto que habilitaba la creación de una institución de educación superior indígena propia de esta etnia.

El gobierno destinará las utilidades que obtenga del ejercicio de la empresa para la preservación, disposición y generación de agua potable en el departamento.
El Gobierno nacional tiene otras herramientas y vías para invertir en La Guajira, consideró la justicia. | Foto: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Según el alto tribunal, estos asuntos debían tramitarse en el Congreso de la República. Igualmente, se hizo un fuerte cuestionamiento a los alcances de la figura del “estado de emergencia” que utilizó el Gobierno.

De acuerdo con el artículo 215 de la Constitución, “cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el Presidente, con la firma de todos los ministros, declarar el estado de emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario”.