Elecciones
¿Hasta qué hora estarán habilitados los puestos de votación en Colombia?
Son ocho horas las establecidas para que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto.
En todo el territorio nacional se lleva a cabo, desde muy temprano, una nueva jornada electoral. Este domingo, 29 de octubre, millones de ciudadanos colombianos acuden a los puestos de votación para elegir a los próximos alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles, quienes serán las autoridades territoriales que tomarán decisiones importantes para el futuro de las regiones durante los próximos años, desde 2024 hasta 2027.
Sin embargo, con el fin de evitar afanes y contratiempos, es importante tener claro los horarios en que estarán habilitadas las urnas en todo el país. Desde las 8:00 a. m. y hasta las 4:00 p. m., los ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto.
En total, este domingo serán elegidos 32 gobernadores; 418 diputados que conformarán las asambleas departamentales; 1.102 alcaldes; 12.072 concejales de todos los municipios y ciudades del país; y 6.513 ediles que conformarán las Juntas Administradoras Locales (JAL).
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La semana pasada, el Gobierno expidió el Decreto 1702 de 2023, en el que establece que la ley seca comenzaba a partir de las 6:00 p. m. del sábado 28 de octubre y concluye a las 6:00 a. m. del lunes 30 de octubre.
“Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 de la tarde del día sábado 28 de octubre hasta las 6:00 de la mañana del día lunes 30 de octubre de 2023″, señala el comunicado emitido.
“En caso de segunda vuelta para la elección de alcalde mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, la prohibición se aplicará en el territorio del Distrito Capital, desde las seis de la mañana (6:00 a. m.) del día sábado 18 de noviembre hasta las seis de la mañana (6:00 a. m.) del día lunes 20 de noviembre de 2023″, se lee en el decreto.
Beneficios económicos a los que se puede acceder con el certificado electoral
De acuerdo con el Decreto 2559 de 1997, este es un documento que contiene la declaración del presidente de la mesa de votación, del Registrador Distrital o Municipal del Estado Civil, donde se haya inscrito la cédula e indica que el ciudadano que allí aparece con sus datos, cumplió con el deber de votar en las elecciones correspondientes, en este caso son las regionales.
Este instrumento público contiene el número de cédula del sufragante, país, ciudad, puesto y mesa de votación. Además, en la parte superior derecha debe tener un número, el cual indica que el documento es legal.
Descuentos por votar en las elecciones
Presentando el certificado electoral que haga constar su participación en las urnas este 29 de octubre, usted podrá acceder a las siguientes rebajas o descuentos:
- Podrá tener un 10 % de descuento en duplicados de la cédula de ciudadanía.
- Tendrá una rebaja del 10 % en el costo del trámite o renovación del pasado judicial.
- Puede solicitar la rebaja del 10 % en el valor del trámite inicial y expedición del duplicado de la Libreta Militar.
- Tendrá el 10 % de descuento en el costo de la expedición del pasaporte que solicite durante los cuatro años siguientes a la votación.
- Las personas que estén estudiando en instituciones oficiales tendrán derecho a un descuento del 10 % en el valor de la matrícula.