Política
Iván Duque desmintió, con sentencia en mano, a Gustavo Petro. Le comprobó que nunca cortó el Internet en el paro y lo señaló por ataques a prensa
Aunque la Corte Constitucional afirma que las versiones de periodistas sí dan cuenta de cortes del Internet, sustenta que no se puede responsabilizar a las entidades y ministerios del gobierno Duque, en el numeral 106 de la sentencia T-372 de 2023.
El expresidente Iván Duque respondió al presidente Gustavo Petro por señalarlo de violar el derecho a la libre expresión durante el paro nacional de 2021.
Todo comenzó con el pronunciamiento del presidente Petro luego de que la minga indígena se tomara las instalaciones de SEMANA, a mediodía de este 29 de septiembre. El mandatario rechazó las manifestaciones de violencia contra los medios de comunicación, pero también aprovechó para dejarle un mensaje a Iván Duque.
“Rechazo que se ejerza violencia sobre cualquier medio de comunicación. Toda la sociedad, incluido el presidente, tiene derecho a expresarse sin violencia”, escribió el mandatario en X.
Luego, señaló al expresidente Iván Duque por lo sucedido durante el estallido social contra su Gobierno: “Miren quién violó el derecho a la libre expresión cuando cortó las redes de internet. Eso no debe volver a suceder en Colombia”.
Rechazo que se ejerza violencia sobre cualquier medio de comunicación. Toda la sociedad, incluido el presidente, tiene derecho a expresarse sin violencia.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) September 29, 2023
Miren quien violó el derecho a la libre expresión cuando cortó las redes de internet. Eso no debe volver a suceder en… https://t.co/IfQ4ZwNBLq
Fue a tal señalamiento del presidente Gustavo Petro que Duque respondió, sentencia en mano, argumentando que la Corte Constitucional no comprobó que su Gobierno hubiese realizado cortes de internet para violar la libertad de prensa y expresión.
“En este aparte de la sentencia T-372 de 2023 de la Corte Constitucional queda claro que no hay material probatorio suficiente para determinar que se haya presentado una interrupción deliberada del servicio de internet en Cali durante mayo de 2021. Frente a este aparte, es importante indicar que el servicio de internet lo proveen privados que son operadores de datos, internet y telefonía móvil. Invito a los operadores a que digan si existió decisión, presión o acción del gobierno nacional para bloquear señales de internet en la ciudad de Cali”, expuso Duque.
En este aparte de la sentencia T-372 de 2023 de la @CConstitucional queda claro que no hay material probatorio suficiente para determinar que se haya presentado una interrupción deliberada del servicio de internet en Cali durante Mayo de 2021.
— Iván Duque 🇨🇴 (@IvanDuque) September 29, 2023
Frente a este aparte es importante… pic.twitter.com/eRwlRwgcpe
Duque, además, opinó acerca de la declaración de la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, tras el ingreso de un sector de la minga al Edificio SEMANA.
“Yo pienso que es muy importante no solamente proteger a los medios y a los periodistas, pero también un gran llamado para que los periodistas no sean incendiarios, todo lo contrario, que aprendamos todos a convivir pacíficamente”, fueron las declaraciones de la ministra.
En ese contexto, Duque respondió: “Justificar acciones violentas de quienes fueron movilizados con recursos públicos, contra medios de comunicación, aduciendo culpas sin claridad probatoria, solo muestra el interés constante de manipular la verdad y justificar la intimidación a los medios, como se evidenció con las palabras de una ministra hablando de “medios incendiarios”.
¿Qué más dice la sentencia?
Como manifestó el expresidente Duque, la sentencia de la Corte Constitucional no establece que la culpabilidad de los cortes en internet durante el paro nacional fuera del Gobierno. Sin embargo, dio certeza de que en efecto existieron tales cortes en la prestación de este servicio.
“Lo cierto es que en el actual entorno digital sí se afectó el acceso a la información disponible en internet para los comunicadores y usuarios en general. La Corte no puede restarle credibilidad a la versión —coincidente en distintos informes— de los periodistas que se quejaron de que, al acercarse a los vehículos del Esmad, cuerpo de la policía que fue objeto de noticia por los eventuales abusos que cometió en la represión de la protesta, sus equipos móviles dejaban de funcionar y se inhibía su transmisión de datos”, dice el numeral 103 de la sentencia.
Además, sustenta: “por esa vía, se configuró una nueva modalidad de vulneración al acceso a la información en esta era digital, ya que fue cercenada la posibilidad de obtención y difusión de contenidos informativos relevantes”.
La Corte, de hecho, pidió al Ministerio de Tecnologías de la Información y al Ministerio de Defensa que, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la sentencia, responder “públicamente a los cuestionamientos de la opinión pública frente a la interrupción del servicio de internet y el presunto uso de inhibidores de señal por parte de la Fuerza Pública, durante las jornadas de protesta social en la ciudad de Cali de 2021″.