Política
Lo último | Presidente Gustavo Petro posesionó a Luz Adriana Camargo como nueva fiscal general
La ceremonia se llevó a cabo en la Casa de Nariño.
Este viernes 22 de marzo, el presidente de la República, Gustavo Petro, posesionó a Luz Adriana Camargo como nueva fiscal general, quien reemplaza de manera oficial al exfiscal Francisco Barbosa.
El mandatario colombiano ha señalado que respetará la independencia de la entidad, sobre los procesos de investigación que se adelanten en el ente acusador.
Esta misma semana, la Corte Suprema de Justicia ratificó la elección de Luz Adriana Camargo como nueva fiscal general de la nación, lo que dio luz verde para la posesión.
Cabe señalar que el jefe de Estado ya sostuvo una primera reunión con la nueva fiscal en la Casa de Nariño, donde el mandatario le ratificó su compromiso de garantizar la independencia de poderes y la autonomía del ente investigador.
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Inclusive, recientemente, el presidente Petro atinó a señalar: “Hemos acertado”, haciendo referencia a la vinculación de Camargo a la terna y a la decisión que tomó la Corte Suprema de Justicia de elegirla como nueva jefa del ente acusador.
La fiscal general Luz Adriana Camargo es abogada de la Universidad de La Sabana, especialista en derecho penal y criminología de la Universidad Libre de Colombia.
Cuenta con una trayectoria profesional de más de 35 años, en los cuales ha sido juez de instrucción criminal, abogada de la Dirección Seccional de Instrucción Criminal de Bogotá, y funcionaria de la Fiscalía General de la Nación, en donde fue fiscal delegada ante los jueces penales del circuito, fiscal auxiliar y fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia.
Esta semana, el jefe de Estado aseguró que le pidió a Luz Adriana Camargo, nueva fiscal general, que abra un campo normativo que permita aplicar un sometimiento colectivo de estructuras criminales, como el caso del Clan del Golfo.
“Por eso la negociación no es Clan del Golfo y el Gobierno, en un primer momento lo puede ser, pero en la realidad de la vida la negociación real es Clan del Golfo como organización colectiva”, sostuvo Petro.
Además, dijo en su intervención: “Y este es un cambio en las normas que depende de la nueva fiscal general de la Nación, a la que le he solicitado abra campo normativo, pues al final tiene que ser una negociación entre la organización delictiva y la Fiscalía, (con) la fiscal general de la Nación, que es nueva como fiscal. Estos procedimientos no han existido en Colombia”.
“En Colombia han existido procedimientos que llaman de sometimiento a la justicia individual con la Fiscalía. Aquí tenemos un procedimiento nuevo, dependerá de ellos el éxito de una negociación con el Gobierno para transformar el territorio donde se mueven para que se vuelva más próspero, para que pueda haber una actividad legal de toda la gente que integra esas agrupaciones”, dijo.
También señaló: “Importantes desde el punto de vista de los ingresos, pero la negociación jurídica, que (en) su estatus jurídico personal va a depender de la Fiscalía General de la Nación y de la justicia en general, son dos mesas, y el otro elemento nuevo es: negocian en colectivo, no individualmente, es toda la organización. Esto no solo si lo podemos construir, no solamente será Clan del Golfo, sino que podría quedar abierta a todas las organizaciones delictivas que quieran un acogimiento en la justicia. Que no... pues es la represión del Estado. El Estado no puede permitir el delito”.
Rechazan demanda contra la elección de Luz Adriana Camargo como fiscal general
SEMANA conoció la decisión del Consejo de Estado que rechazó la demanda contra la elección de Luz Adriana Camargo Garzón como nueva fiscal general de la Nación. El despacho del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil determinó que la acción judicial radicada por dos abogados tiene varias fallas de fondo, por lo que decidió inadmitirla.
Tras revisar las postulaciones, el alto tribunal indicó claramente que se presentaron varios cuestionamientos a la Corte Suprema como si esta hubiera sido la encargada de conformar la terna. Un error si se tiene en cuenta que la Constitución Política le otorga esta función al presidente de la República.
“El medio de control se dirige contra la Corte Suprema de Justicia, concretamente, contra el presidente de dicha corporación, sujeto que no fue el elegido o nombrado, sino que el alto tribunal fue quien intervino en la adopción del acto censurado”, resalta la decisión.
Finalmente, no se tuvo en cuenta la argumentación que reclamaba la vulneración de varios derechos fundamentales por la conformación de una terna con tres mujeres, obviando así la presencia de, por lo menos, un hombre.