Política
No va más: presidente Gustavo Petro firmó la ley que prohíbe a la fuerza pública el uso de animales en manifestaciones
El objetivo de la norma es que no se vulneren los derechos de los animales.
El presidente de la República, Gustavo Petro, firmó la ley que prohíbe rotundamente a la fuerza pública el uso de animales en manifestaciones, al señalar que se debe garantizar los derechos de los animales en calidad de seres sintientes.
De acuerdo con la nueva norma que empezará a aplicarse en Colombia, son más de nueve puntos que se deben garantizar para la protección de los animales.
Estos son los principios fundamentales que señala el documento:
1. La protección de la vida y el respeto a la dignidad humana.
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2. Protección y respeto a los derechos humanos.
3. La prevalencia de los derechos de niños, niñas y adolescentes y su protección integral.
4. La igualdad ante la ley.
5. La libertad y la autorregulación.
6. El reconocimiento y respeto de las diferencias culturales, la autonomía e identidad regional, la diversidad y la no discriminación.
7. El debido proceso.
8. La protección de la diversidad e integridad del ambiente y el patrimonio ecológico.
9. Protección y respeto por los animales en su calidad de seres sintientes.
Se trata de la ley 2318 del 25 de agosto de 2023, la cual establece que los animales, entre caninos, equinos, entre otros, hayan recibido entrenamiento por la fuerza pública, solo podrán desempeñar funciones de vigilancia.
“En ningún caso se entenderá que el uso de animales hace parte del uso de la fuerza del que trata el presente artículo. Está prohibido el uso de animales para dispersar manifestaciones, motines y asonadas por parte de la fuerza pública”, reza la ley que firmó el jefe de Estado.
Y también advierte: “Se suman las actividades preventivas, control de eventos de asistencia masiva, rescate, búsqueda, registro, detección de explosivos, erradicación de cultivos ilícitos y movilización de uniformados”.
Hace algunos meses, la Presidencia de la República había recibido el proyecto de ley manifestado por el representante a la Cámara Juan Carlos Losada, que buscaba erradicar el uso de perros y caballos en las protestas que ocurren en Colombia. Tras un buen tiempo de análisis en las diferentes ramas del poder, el proyecto es oficial.
La argumentación para impulsar este proyecto, fue que la participación de equinos y caninos en este tipo de operativos únicamente ha derivado en la afectación de los animales que no cuentan con ningún tipo de protección, ni están sujetos a protocolos que garanticen su salvaguarda. “Su utilización, además, no generaba ningún beneficio a los miembros de la fuerza pública en el control de las afectaciones al orden público en el marco de las protestas sociales”, dijo Losada.
Agregó: “Hoy le ponemos fin a una crueldad del más alto nivel, pues caballos y perros ya no estarán en medio de bombas de fuego, gases lacrimógenos, piedras y sonidos aturdidores”.
El ponente del proyecto fue el liberal Alejandro Vega, quien explicó que a partir de la sanción presidencial ya no se podrá hacer uso de estos animales y que la ciudadanía observa su utilización, podrá interponer la denuncia respectiva.
Dicho aval por parte del jefe de Estado se recibió con sello el pasado 25 de agosto de 2023. Así las cosas, a la prohibición en cuestión se le conocerá como la Ley 2318.
“Lo logramos, ganamos una batalla más por quienes no tienen voz. Aprobada nuestra ley que prohíbe el uso de animales por parte de la fuerza pública en el marco de la protesta social. Nuestro compromiso es por la defensa de los animales”, indicó el representante por medio de su cuenta de Twitter tras la aprobación del Legislativo.
La nueva ley va muy en concordancia con la Ley 1774 del 6 de enero de 2016, la cual entabla un marco de “respeto, solidaridad, compasión, ética, justicia, cuidado, prevención del sufrimiento, en la erradicación del cautiverio y el abandono” en el trato de los seres humanos hacia los animales.
Además, estipula que quien lesione a un animal puede tener una multa entre los 5 y los 50 salarios mínimos. Si le provoca la muerte, podrían estar en prisión de 12 a 36 meses y una inhabilidad de estar en cualquier cargo profesional que implique el contacto con animales.