POLÍTICA
Radican demanda contra la ley de paz total sancionada por Petro y recurso contra el decreto que sacaría de la cárcel a la primera línea, ¿qué pasó?
La prórroga y modificación de la Ley 418 o de orden público fue firmada por el mandatario a comienzos de noviembre, y el decreto que crea la comisión para los casos de quienes están presos por las marchas se emitió el pasado viernes.
A pesar de que lleva apenas un mes en vigencia, la llamada ley de paz total, una de las normas claves para el presidente Gustavo Petro, acaba de ser demandada ante la Corte Constitucional por el representante a la Cámara por el Centro Democrático José Jaime Uscátegui.
La norma, en esencia, entrega facultades al presidente Gustavo Petro para adelantar diálogos con los grupos armados ilegales, en búsqueda de lo que él ha llamado la paz total, lo que implica establecimiento de zonas especiales para el agrupamiento de los miembros de estas organizaciones y el levantamiento de órdenes de captura. La iniciativa en realidad es la prórroga y modificación de la Ley 418 o de orden público.
Si bien esta ley resulta fundamental para los propósitos de paz del gobierno Petro, el representante Uscátegui considera que esta norma es “inconstitucional” y expuso cuatro argumentos por los cuales, en su consideración, se debe caer este texto.
El primer elemento es que existiría un vicio de procedimiento en el trámite legislativo dado que el Consejo Superior de Política Criminal no emitió un concepto para este proyecto de ley, aún cuando tenía el deber legal de hacerlo.
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Cabe recordar que para las iniciativas relacionados con los asuntos penales, el ordenamiento jurídico colombiano obliga a que exista, durante su trámite en el Congreso, un concepto del Consejo Superior de Política Criminal.
Uscátegui considera igualmente que “el Gobierno Nacional se atribuye funciones que son de competencia de la Rama Judicial (jueces y fiscales) y la Rama Legislativa”.
El congresista uribista argumenta también que la ley “atenta en contra de los derechos de las víctimas en materia de justicia, reparación y garantías de no repetición”.
Y el cuarto elemento de la demanda hace referencia al decreto que emitió el presidente Gustavo Petro con el cual busca sacar de la cárcel a miembros de la primera línea que se encuentran en la cárcel convirtiéndolos en voceros de paz.
Según Uscátegui, la ley de paz total le da facultades al jefe de Estado para negociar con grupos ilegales, mas no para otorgar este tipo de beneficios a miembros de la primera línea.
“Es importante mencionar que la facultad que se le otorga al Presidente a través de la Ley 2272 de 2022 es inconstitucional. Si bien se piensa utilizar por parte del gobierno para liberar a miembros del grupo de la Primera Línea que están siendo procesados o ya fueron condenados en la Jurisdicción Ordinaria, le abre la puerta al Presidente para que, con posterioridad, pueda liberar a cualquier detenido a su arbitrio. Esto desnaturaliza al Estado de Derecho y al ordenamiento jurídico colombiano frente a la administración de justicia.”, expresó el representante.
Por eso, el congresista interpuso también una acción judicial ante el Consejo de Estado en el que le pide declarar la nulidad del decreto con el que el presidente Petro pretende la excarcelación de miembros de la primera línea.
Puntos claves de la ley
Con la ley de paz total se permite, entre otras cosas, que en las zonas escogidas por el Gobierno se levanten las órdenes de captura, incluidas aquellas con fines de extradición.
“En las zonas aludidas quedará suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición, contra estos y los demás miembros del grupo organizado al margen de la ley, al igual que durante el transcurso del desplazamiento hacia las mismas hasta que el Gobierno así lo determine o declare que ha culminado dicho proceso”, indica la norma.
Uno de los puntos sensibles del texto es que se abrió la puerta a la posibilidad de volver a negociar con delincuentes que formaron parte de otros procesos y no cumplieron con sus compromisos.
En el fondo, uno de los principales reclamos de quienes no están de acuerdo con esa medida es que el Estado podrá volver a sentarse a negociar con Iván Márquez y los integrantes de la Segunda Marquetalia, una de las más temidas disidencias de las Farc.
Otro de los componentes de la norma es la modificación del servicio militar obligatorio para generar la posibilidad de que los jóvenes opten por el servicio social para la paz, que es una alternativa para que ellos se consagren en la construcción de paz y la implementación de los acuerdos.
El texto señala que el servicio social para la paz tendrá una duración de 12 meses y una remuneración conforme a lo también previsto para el servicio militar.