Política
Según el presidente Petro, no es cierto que gracias al carbón Colombia se salvará de un apagón por el fenómeno de El Niño
El mandatario pidió acelerar la utilización de energías limpias para afrontar la crisis climática.
Este miércoles 28 de agosto, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, planteó un análisis sobre el carbón y la información que salió recientemente, que habla de que el país se salvó de un apagón por el fenómeno de El Niño.
Para el mandatario colombiano, esa postura no es cierta, al indicar que el consumo del carbón es el que ha desatado la crisis climática, generando fenómenos naturales.
“Estas son noticias desinformadoras. Según la ciencia, la profundidad a la que llegan fenómenos como El Niño, La Niña y otros, se debe al consumo de carbón en el mundo”, posteó Petro.
Y avanzó en su reflexión: “¿Cómo lograr que ciertos medios dejen de gravitar alrededor de la codicia y graviten alrededor de la ciencia? América del Sur tiene una potencialidad de 1.500 gigas de energía limpia al año, Colombia consume, en total, 20 gigas y EE. UU. 1.200 gigas al año”.
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Estas son noticias desinformadoras. Según la ciencia, la profundidad a la que llegan fenómenos como el niño, la niña y otros, se debe al consumo de carbono en el mundo.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) August 28, 2024
¿Cómo lograr que ciertos medios dejen de gravitar alrededor de la codicia y graviten alrededor de la ciencia?… https://t.co/NmSmSIZCb2
“Solo hagan un cálculo de la enorme potencialidad de las energías limpias en Colombia y América del Sur. Para volver realidad la potencialidad de 1.500 gigas de energía limpia de América del Sur se necesita una inversión de 500.000 millones de dólares”, expresó el mandatario colombiano.
También dijo: “De hacerlo, ahora todo el continente americano, incluido EE. UU., tendrían su energía descarbonizada. Se detendría el calentamiento global. EE. UU. tiene 600.000 millones de dólares guardados para su descarbonización”.
“Un pacto de las Américas alrededor de las energías limpias, del que Colombia sería uno de sus nodos centrales, por su ubicación, detendría los niveles de CO₂ en la atmósfera y no avanzaría la crisis climática mundial”, concluyó en su tesis el jefe de Estado.
Por otro lado, cabe recordar que el gobierno del presidente Gustavo Petro firmó el decreto a través del cual Colombia establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel, cumpliendo así con el anuncio que hizo el mandatario hace un par de meses, lo que catalogó como el genocidio en Gaza.
Petro aseguró a través de su cuenta de X: “Vamos a suspender las exportaciones de carbón a Israel hasta que se detenga el genocidio”, en un mensaje motivado por su indignación por la escalada de violencia en la Franja de Gaza.
El decreto contiene cuatro artículos que contemplan la definición de la medida, la cual está enmarcada por la prohibición de las exportaciones al Estado de Israel de las Hullas térmicas que se clasifican en la subpartida arancelaria 2701.12.00.10.
El alcance de la medida, según explica el documento, no aplicará si “las mercancías que, antes de la entrada en vigor de este decreto, están amparadas con una Solicitud de Autorización de Embarque debidamente presentada y aceptada por la Dian, o con un Formulario de Movimiento de Mercancías debidamente autorizado por el usuario operador”.
Tampoco se tendrá en cuenta si “las Sociedades de Comercialización Internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia de este decreto, hubieren expedido el Certificado al Proveedor”; o si “los negocios jurídicos perfeccionados hasta la entrada en vigencia del presente decreto, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima”.
Los mecanismos para acreditar estas excepciones se adelantarán en un procedimiento de registro digital en el que los interesados podrán acreditar expectativas legítimas o situaciones jurídicas en la página del Ministerio de Industria y Comercio.
“Dicho registro será reglamentado por el Ministerio de Industria y Turismo y en este deberá permitir la acreditación de requisitos y documentos que evidencien las circunstancias a la que se refiere el numeral 3° del artículo 2° del presente decreto”, señala, finalmente, el documento.