Empleo

¡Pilas estos exámenes de ingreso laboral están prohibidos!

Aunque los exámenes de ingreso a una empresa son obligatorios para establecer condiciones generales de salud del trabajador, FP investigó cuáles no se pueden hacer.  

Adriana Montoya
10 de agosto de 2016
123 RF | Foto: 123 RF

En un inicio cuando el pago de la salud estaba a cargo del empleador, las empresas realizaban los exámenes de ingreso para evitarse el pago de prestaciones económicas que se derivaran de la enfermedad, pero con la entrada del sistema de seguridad social, estos exámenes se realizan con dos fines.  FP consultó con el abogado magister en derecho laboral César Gonzáles de las firmas LSC y Momento Jurídico, quien señaló que los exámenes médicos de ingreso son obligatorios para establecer las condiciones generales de salud en que se está recibiendo al trabajador.

 Con los resultados de estos exámenes la empresa tomará decisiones tendientes a: 

  1. Tomar medidas de salud ocupacional, que no es otra cosa diferente a poner al trabajador en un sitio de trabajo que no le acentué más su condición de salud.
  2. Determinar que no es apta para el cargo.

La empresa no podrá discriminarlo cuando en esos exámenes de ingreso le encuentran alguna enfermedad que afecte su salud y solo podrá decir que no es apto para trabajar porque objetivamente con la enfermedad que tiene no podría hacer ese trabajo. FP le da un ejemplo de este caso: “Pepito Pérez” quiere acceder a un cargo que requiere trabajar en las alturas pero tiene problemas de salud en su oído, esta condición hace que su equilibrio no sea bueno y pueda caerse, por lo tanto la empresa de forma objetiva lo encuentra no apto para ese trabajo.

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Pero si ese problema de salud no interfiere con el cargo al que aplicó, la empresa simplemente deberá aplicar la política de salud ocupacional para que no se agrave la enfermedad. FP le pone el ejemplo: Sigifredo Peña se presentó al cargo de capataz de una finca, tiene un problema en su rodilla izquierda que se encontró en el  examen de ingreso, entonces su empleador le pone tareas que no le impliquen caminar en exceso. 

En todo caso, según el experto consultado, la empresa no podrá realizar exámenes de ingreso que atenten contra la dignidad del trabajador o que sean discriminatorios. Estos exámenes prohibidos por regla general son:

  • Prueba de VIH
  • Prueba de embarazo
  • Otros no especificados que atenten contra la dignidad de la persona.

Sin embargo, esta regla tiene sus excepciones que no se trataría de un tema discriminatorio, sino para proteger la salud pública o la salud del trabajador. Conozca en qué casos puntuales por la actividad a realizar le pueden solicitar la práctica de estas pruebas:

  1. Por protección de la salud pública, ejemplo: Cuando la persona deba manipular alimentos no puede tener VIH porque se corre el riesgo de cortarse y contaminar los alimentos y afectar a los consumidores.
  2. Por protección a la salud del trabajador, ejemplo: Una mujer va a trabajar con rayos x, no debe estar en estado de embarazo porque puede afectar la salud del feto.

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¿Qué puede hacer si le exigen practicarse estos exámenes prohibidos? 

Usted tiene dos opciones: 

  • Radicar una queja en el Ministerio de Trabajo informando la práctica ilegal de esos exámenes, para que le impongan una multa a la empresa que puede ir hasta mil salarios mínimos, FP le hizo la cuenta y podría pagar hasta COP$690´000.000 como multa y si la empresa reincide podría llevarla al cierre definitivo.
  • Radicar tutela frente a los jueces municipales en caso de tratarse de una empresa del sector privado.

Lo que debe tener en cuenta

  • Usted no puede ser discriminado si en los exámenes de ingreso le diagnostican alguna enfermedad o problema de salud.
  • La empresa debe tomar medidas de salud ocupacional para que su enfermedad o problema de salud no se acreciente.
  • La empresa tendrá que dar las razones para no contratarlo por encontrarlo no apto para el puesto.