SALUD
Licencia menstrual: ¿un desincentivo al empleo para las mujeres o un acto de dignificación?
Conforme al texto del nuevo proyecto de ley que cursa en Comisión, la población trabajadora menstruante tendría derecho a disfrutar de mínimo un día de descanso remunerado cada 26 días “ante la imposibilidad de llevar a cabo su jornada laboral debido a los síntomas generados por su periodo menstrual”.
El pasado 28 de marzo de 2023, los representantes de la coalición de gobierno Pedro Suárez y María Fernanda Carrascal radicaron ante la Cámara de Representantes un proyecto de ley que tenía por objeto la creación de una licencia remunerada en Colombia dirigida específicamente a la población femenina trabajadora en condiciones menstruantes.
Este proyecto de ley no pasó el primer debate en la Comisión Séptima y, por lo tanto, fue archivado. Sin embargo, a mediados del pasado mes de agosto fue radicado nuevamente y cuenta con un renovado apoyo para el actual trámite en la misma comisión.
¿Pero qué es lo que se propone? Conforme al texto del nuevo proyecto de ley que cursa en Comisión, la población trabajadora menstruante tendría derecho a disfrutar de mínimo un día de descanso remunerado cada 26 días “ante la imposibilidad de llevar a cabo su jornada laboral debido a los síntomas generados por su periodo menstrual”. Ese día sería de libre elección por parte de las trabajadoras menstruantes y su disfrute no podría afectar su ingreso salarial ni sus derechos laborales.
Ahora bien, pese a que se destaca lo innovador de este proyecto en Colombia, debe decirse que también ha generado muchas controversias. Particularmente, hay quienes sostienen que con esta iniciativa se favorecería la sensibilización de la población sobre el proceso biológico, natural, normal y muchas veces doloroso de la menstruación que acontece en la vida de todas las mujeres en edad reproductiva y se garantizaría el bienestar, la salud y la dignidad de las trabajadoras menstruantes.
Sin embargo, también se ha dicho que la licencia menstrual, contrario a lograr el objeto planteado, podría incluso reforzar los estereotipos de género impuestos desde antaño por una sociedad machista según la cual la contratación laboral de las mujeres por el solo hecho de su género, no sólo es más costosa, sino menos efectiva, en tanto tienen una tendencia más alta al ausentismo laboral.
Y es que, en efecto, se debe destacar que la redacción literal del proyecto pareciera partir de la base de que menstruar imposibilita el desarrollo de una actividad laboral, situación que si bien, no se desconoce, corresponde a la de muchas mujeres que sufren intensos dolores y afecciones en su periodo menstrual, no podría generalizarse, pues ello implicaría que más que un proceso biológico, la regla se convierte en una “enfermedad” que apareja una desventaja para todas las mujeres que la padecen.
El solo hecho de pensar que por menstruar la trabajadora se ausentará de sus laborales como mínimo un día cada 26 días, podría disminuir considerablemente el interés del empresario de emplear a una mujer o hacerla parte de aquellos cargos que implican un grado de compromiso, liderazgo y responsabilidad mayor, lo que podría traer consecuencias funestas para el mercado laboral de las mujeres.
Este riesgo se intensifica aun más si se tiene en cuenta que el proyecto de ley también le apuesta a crear una especie de “fuero” según el cual el empleador estaría obligado a conservar el puesto de trabajo de la mujer que esté disfrutando de los descansos remunerados por su ciclo menstrual, dejando sin efecto los despidos que se produzcan en tales periodos o los preavisos que expiren durante estos descansos.
Con base en esta previsión, al empleador le correspondería empezar a realizar una serie de cálculos para evitar que, por ejemplo, un preaviso expire justo el día en el que la empleada se encuentre disfrutando de este permiso, so pena de que la terminación se considere ineficaz.
Ello impondría una mayor carga operativa para las compañías que contrario a lograr el fin que se espera, podría desdibujar aún más la idea de que la menstruación es un proceso biológico del que se debe hablar sin tabúes para convertirlo en una limitante de la población femenina para laborar.