Salud
Multa a EPS indígena: desatendieron a menores de 5 años con desnutrición aguda en La Guajira
La Supersalud comprobó que entre 2018 y 2019 la EPS no garantizó la atención integral a esta población.
Por demoras en la atención de pediatría y nutrición por médico general, en cinco casos trazadores escogidos de una población de 81 menores, la Superintendencia Nacional de Salud impuso una multa de 250 millones de pesos a la EPS Asociación Indígena del Cauca (AIC).
En detalle, en abril de 2019, un equipo interdisciplinar de la Supersalud realizó en La Guajira una auditoría a la EPS indígena y documentó una serie de hallazgos. Identificaron que la entidad administradora de recursos no había garantizado la atención oportuna.
“Las conductas de la Asociación Indígena del Cauca EPSI tienen gran trascendencia social, toda vez que incidieron directamente en la garantía de la calidad de la prestación de los servicios de salud de niños y niñas que para el 2019 residían en el departamento de La Guajira, el cual ha enfrentado graves problemas de desnutrición infantil y salubridad pública”, se argumentó en la resolución 7382-6 de 2022 que impuso la sanción.
Añadieron, a través de comunicado oficial, que “es claro que la EPSI desconoció que los niños y niñas son sujetos de especial protección, tal como lo establece el artículo 11 de la Ley 1751 de 2015″.
En ese sentido, el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López, explicó que “la atención a la población infantil, debe ser una atención priorizada por parte de cada uno de los actores que intervienen en el sistema de salud colombiano, dada la condición de vulnerabilidad de los niños que precisamente lleva a que exista una protección especial sobre ellos y por eso resulta inaceptable que quienes tienen la responsabilidad de proteger y garantizar sus derechos no los atiendan oportunamente ni les brinden toda la atención médica especializada que requieren”.
Más agravantes de la situación
Ahora, la entidad de control, sostuvo adicionalmente que incumplieron “con la obligación de garantizar el tratamiento de la desnutrición aguda a esos niños y niñas a través de atención ambulatoria o atención intrahospitalaria. Incluso, se comprobó la falta de un seguimiento oportuno y adecuado al mantenimiento de la salud de los niños, pues entre enero y abril de 2019 reingresaron por la misma patología de desnutrición aguda que no se les había atendido meses antes cuando ya tenían ese diagnóstico”.
Continuando con el proceso y una vez agotadas las etapas del procedimiento administrativo, la Superintendencia Delegada para Investigaciones Administrativas comprobó que la EPS “omitió su deber indelegable como asegurador de garantizar el seguimiento y mantenimiento de las condiciones de salud de los menores con este diagnóstico”.
“Lo anterior generó la evidente transgresión a la garantía de prestación de los servicios de salud a pacientes sujetos de especial protección constitucional, en condiciones de vulnerabilidad, con claras repercusiones en la garantía de satisfacción del derecho fundamental de la salud, en condiciones de accesibilidad, continuidad y oportunidad”, expresaron.
En suma, la resolución que impone la multa de 250 salarios mininos legales vigentes, también indica que contra este acto administrativo de primera instancia, proceden los recursos de reposición y de apelación.
¿Qué dice la EPS?
La EPS tiene regionales en Huila, Putumayo, Santander de Quilichao, Valle del Cauca, Guajira, Caldas, Antioquia y la principal en Cauca,
Se presentan como “una entidad pública de carácter especial del orden nacional, creada por decisión de las autoridades indígenas (Cabildos) en Junta Directiva Regional en diciembre de 1997, reconocida mediante resolución número 083 del 15 de diciembre de 1997 de la Dirección General de Asuntos Indígenas; está integrada por Autoridades de los Resguardos Indígenas y en la actualidad son socios 118 Cabildos Indígenas del Departamento del Cauca”.
SEMANA se comunicó con la EPS. Desde Popayán, argumentaron que los pronunciamientos oficiales se realizan en consenso con los integrantes de la junta, por lo que ante este órgano presentarán el requerimiento para dar una respuesta.