Aborto en Colombia
“Solo el 33 % de las mujeres que accedió a un aborto lo hizo con su EPS”: vocera de Causa Justa
A un año de que se despenalizara esa práctica en Colombia, el movimiento que presentó la demanda para conseguirlo ha señalado que persisten barreras de acceso.
La decisión de la Corte Constitucional de despenalizar el aborto en Colombia hasta los seis meses de gestación cumple un año este 21 de febrero y desde ya varias organizaciones están recordando la fecha.
Una de ellas es el movimiento Causa Justa, que estuvo detrás de la demanda de inconstitucionalidad que la alta corte usó para tomar su decisión. Para conmemorar la fecha, están impulsando varias movilizaciones y eventos sociales que se llevarán a cabo durante los próximos días.
En el primer aniversario de la sentencia, SEMANA habló con Juliana Martínez, secretaria técnica de Causa Justa y exsecretaria de las Mujeres de Medellín. Entre otras cosas, mencionó que, aunque el aborto está dentro de los servicios médicos que cubre el sistema de salud, la mayoría de mujeres aún no acude a su EPS cuando requiere practicarse ese procedimiento.
SEMANA: este año, el Ministerio de Salud emitió una resolución en la que reglamentó la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en Colombia. ¿Cómo vieron esa decisión?
Lo más leído
Juliana Martínez (J. M): para Causa Justa, la expedición de la resolución 051 de 2023 es una noticia positiva en tanto el Ministerio de Salud acata una orden expresa que incluyó la Corte Constitucional en la sentencia de Causa Justa, en la que les pide al Gobierno nacional y al Congreso de la República contar con una política pública integral en materia de derechos sexuales y reproductivos que incluya la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
Aquí tenemos a la autoridad sanitaria no solo mostrando su voluntad, sino ejecutando un hecho claro de cumplimiento al orden constitucional y recogiendo todas las reglas de prestación del servicio de aborto en el país. Y esto es bueno en todo el sentido, porque les da unas instrucciones claras a todos los prestadores del servicio de salud reiterando que este es un derecho fundamental de las mujeres. Esta claridad va a ser determinante para que se siga avanzando en la eliminación de las barreras de acceso.
SEMANA: un punto muy polémico de esa resolución contempla que las menores de edad desde los 14 años podrán abortar sin el consentimiento de sus padres. ¿Por qué consideran que se incluyó esto en la reglamentación?
J. M.: aquí hay que recordar que la resolución no hace nada distinto a lo que ya había establecido la Corte. De hecho, en distintas sentencias, la Corte se ha referido a la agencia de las menores de edad y con esto estamos hablando de su capacidad para tomar decisiones sobre su reproducción, que deben ser respetadas independientemente de la posición de sus padres o tutores legales.
Entonces, aquí no hubo un cambio, sino que el Ministerio de Salud fue respetuoso de lo que había dicho anteriormente la Corte Constitucional.
SEMANA: ¿en la práctica, las mujeres sí pudieron acceder con más facilidad al aborto después de la decisión de la Corte Constitucional?
J. M.: yo creo que aquí hay que pensar un asunto frente a la legitimidad de la decisión de las mujeres, hombres trans o personas no binarias que deciden interrumpir un embarazo y es que con esta sentencia de la Corte saben y pueden tener la confianza de que se pueden acercar a un centro de salud sin el riesgo de ser penalizadas, judicializadas o juzgadas.
Esto también genera un entorno para la garantía de este derecho para las mujeres y también para quienes prestan el servicio.
Lo segundo es que, según los datos de la organización Oriéntame, durante este primer año de implementación de la sentencia se atendió alrededor de 11.600 mujeres. El 93 % de estas mujeres accedió durante las 12 primeras semanas de gestación. Y esto es bastante significativo porque da cuenta de que este plazo de 24 semanas también está pensado en mujeres que enfrentan mayores barreras de acceso.
SEMANA: ¿qué barreras de acceso han sido las más frecuentes durante este año?
J. M.: en un informe que hizo la Mesa por la Vida y la Salud de las mujeres que presentamos como balance de los primeros 100 días de la despenalización del aborto, se identificaba que las mujeres tenían más confianza en el sistema de salud y que había barreras que persistían.
Por ejemplo, la desinformación, algunos médicos que decían que no las iban a atender porque pensaban que el fallo se iba a tumbar de alguna manera. O también la persistencia de un uso indebido de la objeción de consciencia y tratos por parte del personal de la salud que discriminan a las mujeres o las maltratan.
SEMANA: ¿cómo ha sido el mal uso de la objeción de consciencia?
J. M.: hay que recordar que la objeción de consciencia es individual y debe estar fundamentada en razones morales profundas y no impide que el profesional brinde información o que haga el ejercicio de referencia y contrarreferencia.
Hay una situación que es importante abordar en todo el país y es que en todas las instituciones esté disponible el servicio de la IVE, de acuerdo con el nivel de complejidad de la institución.
Pero nos hemos encontrado en algunos lugares del país donde no está disponible el servicio sino hasta una determinada edad gestacional, conduciendo a las mujeres que están por encima de esos tiempos a tener que trasladarse a lugares como Bogotá.
SEMANA: ¿eso no se presenta por dificultades en la infraestructura?
J. M.: se presentan casos distintos. Sin lugar a dudas hay instituciones que no han asumido la responsabilidad que implica la existencia de este derecho. Y, por otro lado, hay instituciones que no han desarrollado su capacidad para hacerlo. Pero hay que tener en cuenta lo que significa la resolución del Ministerio de Salud, en el sentido de acatar lo que ha dicho la Corte Constitucional, que implicaría poder prestar el servicio en todo el territorio nacional o, en su defecto, tener una ruta clara que permita que las mujeres sean dirigidas a otras instituciones sin que sea en detrimento de sus propios recursos.
En los datos de la fundación Oriéntame, uno de los cambios que se identifican es que mientras el 87 % de las mujeres que fueron atendidas por ellos en este primer año de la sentencia estaba afiliado al sistema de salud, solo el 33 % accedió a través de su EPS.
Por el contrario, el 42 % lo pagó de manera particular de su bolsillo. Esto no debería ser así, porque la IVE es un servicio que está dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS), es gratuito y exento de copago.