NACIÓN

Gobierno alista ajustes a decreto sobre disponibilidad de personal de salud

Luego de la molestia expresada por el talento humano en salud de todo el país, por el artículo que los obligaba a estar disponibles para la atención de la pandemia en cualquier caso, el Ministerio de Salud preparó una modificación

22 de abril de 2020

El 12 de abril, el presidente Iván Duque y el ministro de Salud, Fernando Ruiz, presentaron el decreto 538 para el funcionamiento de la salud durante la emergencia sanitaria. El artículo 9 generó inmenso descontento en algunos sectores debido a lo que este establece:

“Con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus todo el talento humano en salud en ejercicio o formación, estará preparado y disponible y podrá ser llamado a prestar sus servicios, reforzar y apoyar a los prestadores de salud del. El acatamiento a este llamado será obligatorio”.

Sin embargo, luego de un encuentro del ministro Ruiz y los presidentes de distintas asociaciones de médicos, el Gobierno se comprometió a hacer una modificación al artículo de la discordia.

En más de una ocasión, Sergio Isaza, presidente de la Federación Médica Colombiana, dijo que la obligatoriedad de su ejercicio provenía del juramento hipocrático, pero que dadas las condiciones del personal de la salud en el país, no respaldaba lo allí decretado por la falta de protección y precarias formas de contratación a las que están sometidos en todo el país.

Según el borrador de resolución, que establece los criterios y las fases para el llamado del personal de la salud, conocido por este medio, las condiciones cambiarán. Se habla de “los principios de progresividad, proporcionalidad, racionalidad y protección del talento humano en salud”.

Los criterios para el talento humano en salud entonces se regirán por lo siguiente: solo se hará cuando las secretarías departamentales o distritales de salud le manifiesten al Ministerio que, a pesar de las convocatorias realizadas, no lograron la vinculación del personal necesario.

Además, “el Ministerio adelantará una convocatoria nacional al talento humano en salud del perfil requerido, indicando el territorio en el que se necesita el servicio y el prestador de servicios de salud al cual estaría vinculado”.

Sumado a eso, serán las mismas personas interesadas las que manifestarán al Estado y al prestador de salud correspondiente su intención de vincularse, para que el último pueda verificar si cumple o no con el perfil y pueda vincularlo.

Finalmente, si ninguna persona acude a la convocatoria, dice el proyecto de resolución, el Ministerio de Salud llamará al personal que aparece en el Rethus (registro de talento humano) de acuerdo con el perfil que sea requerido.

“Una vez verificadas las condiciones de la vinculación o de la prestación del servicio, podrá negarse a aceptar el llamado si ya tienen una vinculación laboral vigente, si considera que no existen garantías suficientes para aceptar o si cree estar dentro de alguna de las causales establecidas en el artículo 9 del Decreto Legislativo 538 de 2020.Para la no aceptación, bastará con la simple comunicación de la no aceptación, sin que se requiera presentar documentación adicional”.

Dice el proyecto que si el respectivo profesional no desea aceptar, podrá enviar una “simple comunicación” sin que tenga que presentar ningún documento adicional.

En cuanto al procedimiento para el llamado, el artículo 5 del borrador dice que será progresivo “de acuerdo con las necesidades manifestadas por los departamentos y distritos, y según disponibilidad, a médicos especialistas en cuidado crítico, internistas, anestesiólogos, cirujanos generales y otros especialistas médico-quirúrgicos de áreas afines, así como médicos generales, enfermeros, auxiliares de enfermería, terapeutas respiratorios y fisioterapeutas, bacteriólogos, técnicos y tecnólogos en atención prehospitalaria”.

Por otro lado, el artículo 7 establece que el prestador de los servicios de salud será el encargado de la capacitación y entrenamiento requeridos, así como  de la protección personal, cosa que han reiterado tanto el ministro de Salud como el de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera: el empleador y las ARL tienen que brindar los elementos de bioseguridad, sin importar el tipo de contrato.