NACIÓN

Estado dice que destitución de Petro nunca debió llegar a la CIDH

El director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, Camilo Gómez, asegura que solicitarán aclaraciones a la Corte Interamericana tras encontrar contradicciones en la sentencia a favor del exalcalde de Bogotá.

20 de agosto de 2020
Estado responde por condena en caso Gustavo Petro/Foto: archivo SEMANA | Foto: Archivo

“Jamás debió llegar este caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, aseguró Camilo Cómez, director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, en SEMANA Noticias. Gómez indicó que la destitución e inhabilitación que le fue impuesta a Gustavo Petro cuando era alcalde de Bogotá en 2013 tuvo una solución interna: “El Consejo de Estado ya lo había resuelto” y por eso no ameritaba llegar hasta instancias internacionales. La reacción se da después de que la CIDH condenara al Estado a responder por la destitución e inhabilitación por hasta 15 años contra el hoy senador Gustavo Petro, cuando fungía como primer mandatario de los capitalinos. La decisión la tomó el entonces procurador Alejandro Ordóñez, quien señaló a Petro como principal responsable del “caos” de las basuras cuando la ciudad, durante varios días, tras un cambio de contratista para el servicio de aseo de la capital, quedó con la basura sin recoger.

Gómez aseguró que Petro inició este litigio ante los entes internacionales antes que a la justicia colombiana y que, para su concepto, correspondía dar solución a esta decisión a nivel nacional, solución que se dio en 2017 cuando el Consejo de Estado “tumbó” la decisión de Ordóñez. “¿Por qué la Comisión no se dio cuenta o no quiso darse cuenta que el tema estaba resuelto y que el Consejo de Estado permitió que se restablecieran los derechos?”, se preguntó.

Con esta sentencia, la CIDH indica que no solamente se incumplió con lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos porque se violó el principio de jurisdiccionalidad, la garantía de imparcialidad, el principio de presunción de inocencia y el derecho a la defensa; también considera que el Estado debe reparar económicamente a Petro con una suma de hasta 28.000 dólares, así como “adecuar su ordenamiento interno de acuerdo con lo señalado en la sentencia, de forma tal que los funcionarios de elección popular no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas".

Según Gómez, la Corte “se equivoca” al considerar un delito que se destituya por conductas que implican participación indebida en política a funcionarios de elección popular. “Resulta que ahora la Corte pretende que sea juzgado como si fuera un delito, eso me parece una equivocación”, agregó. 

Le llamó la atención que la CIDH ordenara estas medidas cautelares “en tiempo récord”, ya que se demoró poco más de 6 años, cuando el promedio de la Comisión Interamericana en tramitar un caso ordinario de un ciudadano es de más de 20 años, según afirmó Gómez.

Finalmente, explicó que, junto con la Procuraduría General de la Nación, analizarán los detalles y los efectos de esta decisión “porque esto hay que ponerle cabeza fría, esto va más allá de la pelea entre Alejandro Ordóñez y Gustavo Petro. Hay un problema de Estado de las normas colombianas”.