Imagen de referencia, no corresponde al caso en mención. | Foto: León Darío Peláez

VICKY EN SEMANA

¿Qué implicará que la ley de ‘paz total’ de Petro se salvara en la Corte Constitucional?

En Vicky en SEMANA, un representante a la Cámara se refirió a la decisión de la Corte Constitucional que se inhibió de pronunciarse sobre la demanda que advertía vicios en el trámite de la ley de ‘paz total’.

Redacción Semana
14 de julio de 2023

La sala plena de la Corte Constitucional decidió inhibirse de estudiar la demanda en contra de la ley de la ‘paz total’. El alto tribunal determinó que ninguno de los cargos formulados en dicha petición cumplía los requisitos para ser admitida.

La demanda contra la ley de ‘paz total’ había sido interpuesta por el abogado penalista Jorge Pava, quien argumentaba: “sufrió alteraciones significativas e intempestivas en el trámite legislativo, evitando que se debatiera en comisiones y en plenarias la posibilidad de que se otorguen indultos o amnistías a quienes decidieron volver a delinquir después de haber sido beneficiarios de procesos de paz anteriores, e introduciéndolos a última hora a espaldas del Congreso y, por supuesto, del país”.

En Vicky en Semana, Hernán Cadavid, representante a la Cámara del Centro Democrático, se refirió a la reciente decisión de la Corte Constitucional.

Debate: Ley de ‘paz total’ de Petro se salvó, la Corte no se pronunció | Vicky en Semana

De entrada, Cadavid se mostró respetuoso de la decisión de la Corte Constitucional, recalcando que las instituciones se deben dejar funcionar.

Si la Corte Constitucional concluye que se inhibe de hacer el análisis o estudio, pues hay que respetar esa decisión. Lo que no puede suceder es que hayan emprendido una estrategia jurídica las mismas personas cercanas al Pacto Histórico, para recusar y sacar del camino al magistrado Jorge Enrique Ibáñez”, destacó el congresista del uribismo.

En Vicky en Semana, el representante Cadavid también se refirió a la reciente resolución del presidente Gustavo Petro, en la que ordenó a las autoridades del Gobierno nacional, que son parte del Pacto Histórico, utilizar un lenguaje respetuoso y de desescalamiento del conflicto. El jefe de Estado pidió llamar al ELN “organización armada rebelde”.

Hernán Cadavid, Representante a la Cámara Partido Centro Democrático
Hernán Cadavid, representante a la Cámara. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

“Al final del día con todos estos anuncios que se han ido entregando de que no se les puede llamar delincuentes a los delincuentes, son el preludio para convertirlos en agentes políticos seguramente en el Congreso y esa será la sanción a la que el Gobierno Petro termine llevando al ELN, como lo hicieron en su momento con las Farc. No le quepa duda para dónde van con ellos”, agregó Cadavid.

En tal sentido, para Cadavid, la decisión de la Corte Constitucional le permite al gobierno Petro seguir avanzando en las negociaciones con algunos grupos criminales. No obstante, recalcó que la Ley ya le permite, “denominar o adjudicar u otorgar calidad de gestores de paz a miembros de grupos armados al margen de la Ley”.

¿Qué implica que la Corte no se pronunciara sobre la ley de ‘paz total’ de Petro? | Vicky en semana

Sin embargo, Cadavid fue enfático en decir en Vicky en Semana que el gobierno Petro se ha excedido otorgando la figura de gestores de paz a personas que están ligadas a grupos de delincuencia común, por ejemplo.

    El presidente Gustavo Petro, enfocado en la paz total y las reformas sociales, no ha logrado cumplir las expectativas de algunos sectores sociales y culturales.
El gobierno Petro ha defendido a capa y espada la ley de ‘paz total’. | Foto: juan carlos sierra-semana

“Sabemos para dónde van, los van a sentar, les van a terminar entregando curul y hoy no los tratan como un grupo terrorista, sino como un grupo político rebelde”, aseveró Cadavid.

¿Qué decía la ponencia de Ibáñez en la Corte Constitucional?

La ponencia que se discutió argumentaba que Ley 2272 de 2022, que le da facultades al Gobierno para avanzar en el proceso de diálogos de paz con bandas y grupos armados ilegales a las que se les reconoce estatus político, tuvo los siguientes errores en su trámite:

1) No contó con el concepto previo que debía pedírsele al Consejo de Política Criminal.

Palacio de Justicia
la sala plena de la Corte Constitucional determinó que ninguno de los cargos formulados en la demanda cumple con los requisitos para ser admitida. | Foto: GUILLERMO TORRES

2) Los artículos 2, 12 y 18 de la ley vulneraron el principio de consecutividad al ser incluidos a última hora en la discusión que se adelantaba en el Congreso.

3) El artículo 2 vulneraba los derechos de las víctimas al permitir que quienes violaron el régimen de condicionalidades vuelvan a ser sujetos de negociación. Esto, teniendo en cuenta que el Acto Legislativo 01 de 2017 del acuerdo de paz con las Farc establece que en ningún caso se podrá aplicar la justicia transicional a miembros de un grupo armado desmovilizado que sigan delinquiendo.