SOSTENIBILIDAD
Alerta amarilla en Bogotá por calidad del aire
El Distrito decretó la medida que incluye pico y placa este fin de semana y restricciones a operaciones en algunas industrias y a vehículos particulares y motos.
Este jueves en la noche el Distrito declaró la alerta amarilla en Bogotá debido a la calidad del aire. La Secretaría Distrital de Ambiente aclaró que la medida es preventiva y temporal, mientras mejora la calidad del aire.
Las altas concentraciones de material particulado durante las últimas horas en Bogotá, ocasionadas principalmente por los incendios y altas temperaturas en los Llanos Orientales, Cundinamarca, la Orinoquía y Venezuela, y los vientos que traen ese material particulado, obligaron a la Administración a declarar la medida.
La Administración Distrital explicó que la medida preventiva se toma luego de observar que durante las últimas 48 horas las estaciones de Carvajal – Sevillana, Kennedy, Fontibón y Móvil Carrera Séptima han mostrado niveles de concentración de material particulado PM 2.5 superiores a 35,4 microgramos/metro cúbico, contaminante con mayor potencial para afectar la salud de las personas.
Así, a través del Decreto 077 de 2020, firmado por la alcaldesa Claudia López, se establecieron algunos cambios en las medidas que se habían impuesto en días pasados para los vehículos de carga pesada.
La medida de restricción a particulares y motos no comienza este viernes sino el sábado 7 de marzo y se mantendrá durante el tiempo que dure la alerta amarilla, de acuerdo con la Secretaría Distrital de Ambiente.
La entidad también dijo que la medida de restricción a vehículos de carga mayores a 10 años de antigüedad comienza este viernes y que las restricciones a vehículos de carga regirán a partir del viernes 6 de marzo desde las 5:00 p.m.
Las disposiciones incluyen restricción de circulación en toda la ciudad para vehículos particulares y motos, así:
- 6:00 a.m a 7.30 p.m. En días de semana.
- Sábado 7 de marzo: Placa impar de 6.30 a.m a 6:00 p.m.
- Domingo 8 de marzo: Placa par de 6.30 a.m. a 2:00 p.m
Para los vehículos de carga mayores a diez años las restricciones entre semana serán:
- de 6:00 a.m. a 12:00 m y de 5:00 p.m. a 10:00 p.m
- Sábados y domingos de 5:00 a.m. a 9:00 p.m
La medida expedida este jueves tendrá las siguientes excepciones:
- Vehículos eléctricos y los de cero emisiones
- Caravana presidencial
- Vehículos de servicio diplomático o consular
- Carrozas fúnebres
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado
- Vehículos automotores y motos de emergencia
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de Discapacidad
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios
- Vehículos automotores y motos destinados al control del tráfico y grúas
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos
- Vehículos y motocicletas Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que tengan medidas de protección
- Vehículos de transporte escolar
- Vehículos de valores, los de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases medicinales
- Las motocicletas utilizadas por:
- Las empresas que prestan servicio domiciliario
- Las que prestan servicio de correspondencia
- Las que prestan servicio a las empresas de telecomunicaciones de redes fijas o inalámbricas
- Las que prestan servicio a las empresas de Televisión
- Los medios de comunicación con su debida identificación
- Camiones cisterna de transporte de combustible, que se encuentren cargados o vacíos
- Vehículos de medios de comunicación
- Vehículos de autoridades judiciales
- Vehículos de transporte de materiales y maquinaria para obras públicas
- Empresas de transporte de carga que se encuentren vinculadas al Programa de Autorregulación Ambiental