ECONOMÍA

SIC confirma millonaria sanción a azucareros, pero modera multa

El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, ratificó la multa a los ingenios azucareros.

31 de diciembre de 2015
El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo. | Foto: Alejandro Acosta

Hace tres meses la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a 12 ingenios, 14 altos directivos del sector azucarero y las entidades relacionadas con esta actividad Asocaña, Ciamsa y Dicsa, por obstruir la libre competencia, a través de las importaciones de este producto. La multa que se  les impuso en ese momento, ascendió a 324.000 millones de pesos, la más alta en la historia del país.

Los afectados, sin embargo, interpusieron el recurso de reposición –al que tenían derecho- ante la misma SIC, alegando que no eran culpables de los hechos que motivaron la sanción y argumentando que la multa monetaria fue desproporcionada.

Pues bien, el Superintendente Pablo Felipe Robledo, acaba de dar su veredicto frente a dicho recurso de reposición. Mediante Resolución 103652 del 30 de noviembre, la SIC confirmó las sanciones a los ingenios y a 12 altos directivos por haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado la conducta anticompetitiva sancionada en la modalidad de cartelización empresarial, no obstante, a cuatro de ellos, se les redujo el monto de la multa. Adicionalmente, la Superindustria exoneró de cargos a dos altos directivos.

Con la revisión las sanciones ratificadas por la SIC ascienden en total a 260.000 millones de pesos y según esa entidad, fueron tasadas de manera que se garantizara su proporcionalidad frente a la gravedad de la conducta y la capacidad de pago de los infractores.

La Superindustria redujo el monto de la multa a Asocaña, después de revisar sus estados financieros, los cuales, dijo la SIC, solamente fueron aportados por el gremio en el trámite del recurso de reposición. La reducción del monto de la multa se hizo de oficio por la Superindustria, a pesar de que Asocaña no controvirtió la cuantía de la misma en el recurso de reposición. La sanción bajó a 579.915.000 pesos, lo que equivale al 5 % de su patrimonio.

Cabe recordar que esta multa, que inicialmente era de 7.000 millones de pesos, fue una de las que más polémica desató en el sector. Luis Fernando Londoño Capurro, presidente del gremio había dicho que en estas circunstancias no podría pagar sino el 25 % de la multa, dado el patrimonio que tenían.

A Ciamsa (comercializadora internacional de azúcares y mieles) que tiene un patrimonio de 60.000 millones le impusieron inicialmente una multa por la mitad: 36.000 millones de pesos. Ahora tras decidir las impugnaciones, la Superintendencia dispuso reducir este monto a Ciamsa a 3.840 millones de pesos, por encontrar la Superintendencia que las sanciones inicialmente impuestas superaban su capacidad de pago.

La Superintendencia concluyó que se configuró “la cartelización empresarial por haber incurrido durante varios años en una conducta concertada, continuada y coordinada para obstruir importaciones de azúcar de otros países hacía Colombia”. Además, señaló que los directivos fueron sancionados, “por haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado la conducta anticompetitiva sancionada en la modalidad de cartelización empresarial”.

La sanción a los azucareros desató un enorme tsunami entre los líderes del Valle del Cauca que la calificaron de agresión contra este departamento, mientras que los políticos de la región advirtieron que se le dio una estocada a esta industria. Varios analistas locales alertaron por las consecuencias sociales que el fallo podría traer, aduciendo que cerca de 180.000 empleos, directos e indirectos, dependen de la industria azucarera.  En su momento, la Andi y la SAC también se pronunciaron por los efectos que el fallo podría tener sobre esta actividad económica.

La investigación de la Superintendencia de Industria y Comercio duró cinco años (2010-2015) y el expediente contiene pruebas contundentes, como correos que se cruzaron funcionarios, que permiten sustentar la acusación de obstrucción de importaciones de azúcar de otros países a Colombia.

Además, este caso, dado lo extenso de la investigación, no estuvo en cabeza de una sola persona. Participaron dos Superintendentes de Industria y Comercio, José Miguel De la Calle y el actual Pablo Felipe Robledo y tres delegados para la protección de la competencia (Carlos Pablo Marquez, Germán Enrique Bacca y Jorge Enrique Sánchez). Es decir, el proceso pasó por varias mentes expertas en el tema.

Vale la pena anotar que en octubre pasado la SIC archivó la investigación por cartelización empresarial en lo que tiene que ver con asignación de cuotas de suministro o producción de azúcar en Colombia.

Con respecto a las sanciones impuestas, se debe aclarar que fue la Ley 1340 de 2009 –que aprobó el Congreso- la que fijó los parámetros para la determinación de las multas. Dice la norma que el patrimonio del infractor es uno de los criterios para graduar la sanción dentro de un margen que va desde cero a 100.000 salarios mínimos legales vigentes, que son hoy 65.000 millones de pesos. Claramente, en este caso, no se llegó a ese tope, pues la máxima multa que se impuso fue de 49.000 millones de pesos, que se le impuso a Incaua que tiene más de un billón de pesos de patrimonio.

La sanción económica que hoy fue revisada por el Superintendente Robledo, en su momento paso por la cabeza del consejo asesor de competencia de la entidad que está integrado por el decano de la Facultad de Economía de la Universidad Externado de Colombia, Mauricio Pérez; por el ex presidente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, Edgardo Villamil Portilla y por el negociador de tratados de libre comercio de Colombia, Javier Humberto Gamboa.

Hay que decir que multas millonarias como estas, para castigar prácticas anticompetitivas, ocurren todos los días en el mundo. Como este último fallo no tiene otra apelación frente a la misma SIC, los afectados podrían acudir ante el contencioso administrativo para pedir la anulación de lo decidido.

Finalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio anotó que con esta decisión ratifica que la defensa de la libre competencia económica no solo es una obligación constitucional y legal sino un imperativo ético e inaplazable para la protección y el bienestar general de los consumidores, el buen funcionamiento del mercado y la eficiencia económica.

La respuesta de las azucareras

Una vez conocido el fallo, dos de las más grandes azucareras advirtieron que respetaban a la resolución, pero no la compartían. En un comunicado Manuelita S.A anunció que interpondrá una “demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo”.

“Manuelita S.A. confía en que demostrará en la instancia judicial que no incurrió en prácticas restrictivas de la libre competencia en forma directa o indirecta”. Además señalan que la SIC condujo la investigación administrativa con “violación del debido proceso” y por eso aseguran que la empresa no pudo ejercer plenamente su derecho a la defensa.

Otra de las grandes empresas azucareras Riopaila Castilla S.A señaló que no ha sido notificada de la resolución final pero que acataba el fallo. Sin embargo, anunció que acudirá al contencioso administrativo, ya que “está convencida de la transparencia y legalidad de su proceder en el total respeto de la libre competencia”.

“Riopaila nunca ha acordado restringir importaciones, que es por lo que se le condena en la resolución emitida por la entidad. La misma Superintendencia encuentra que la conducta de los representantes de la compañía se ajustó a actuaciones de libre competencia, por tanto no se entiende la decisión final anunciada por la entidad”, se lee en su comunicado.

En el gremio azucarero también se pronunciaron. Asocaña no compartió la decisión adoptada y manifiesta que tras la resolución existe un “cambio radical en las condiciones para hacer negocios en Colombia”.  

Para ellos, la investigación se centró en la comercialización de azúcar industrial y “nada tiene que ver con el producto de consumo en los hogares colombianos, ni mucho menos en los precios que pagan los consumidores”.

Además dicen que “tampoco ha existido ni existe cartel de precios del azúcar”. Incluso en la agremiación señalaron que la Super de Industria “carece de competencia para modificar un mercado regulado por el Estado”.

Tabla de sancionados


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