Tecnología
Aeronáutica Civil baja de la nube a empresario que prometió vuelos con drones en el Eje Cafetero: “no está autorizado”
Una reciente actualización de la norma echaría abajo los planes del empresario.
El mundo de la aviación ha dado un salto importante hacia el futuro en los últimos años; la aparición de drones y aeronaves no tripuladas, a la par que en diferentes países se anuncian autos voladores y autónomos, ha generado toda serie de expectativas sobre esta industria, cómo sería su llegada al país y la forma como afectaría, de forma positiva, a sectores ligados con el turismo y el transporte.
De hecho, el medio Nueva Crónica Quindío publicó una entrevista con el empresario Jhon Flórez, encargado de traer a Colombia el dron Ehang-216S, vehículo autónomo que, según el inversionista, se encargará de transformar la movilidad en las ciudades.
Pero Flórez fue más allá y aseguró que el lanzamiento, en el país, de este novedoso método, se realizaría en el Quindío, y aunque no dio fecha, insistió en que contaría con personalidades de talla mundial y que cambiaría para siempre la visión que desde el exterior se tiene del país y de esta zona del Eje Cafetero.
De hecho, el medio citado le preguntó si contaba con los permisos necesarios para que estos drones comenzaran a operar en el país, a lo que Flórez respondió que “Hay mucha confusión frente a los permisos para volar. Lo que debemos explicar es que el Ehang-216S funciona bajo los parámetros de la ley del dron. La ley del dron no se la inventó Colombia; es creada por Estados Unidos y aceptada por varios países que quisieron aceptarla, que son casi todos”.
Según indicó el medio, solo bastaría con que los operadores tracen una ruta a través de inteligencia artificial, para que el dron cumpliera el recorrido planeado.
Pese al optimismo del empresario, la Aeronautica Civil utilizó su cuenta en X para alertar sobre las restricciones que tiene este tipo de transporte.
La Aeronáutica señaló que la norma RAC 100 prohíbe este tipo de prácticas, por lo que el poner el vuelo de este dron no sería tan fácil como aparentemente dice el empresario.
La @AerocivilCol informa que, de acuerdo con la norma RAC 100 y por estándares de seguridad operacional, el transporte de personas en aeronaves no tripuladas NO está autorizado en el país.
— Aeronáutica Civil de Colombia (@AerocivilCol) February 5, 2024
Consulte la normativa en el siguiente enlace: https://t.co/JlVagI4jHX https://t.co/ZJaxOP64cy
“La @AerocivilCol informa que, de acuerdo con la norma RAC 100 y por estándares de seguridad operacional, el transporte de personas en aeronaves no tripuladas NO está autorizado en el país”, indicó la entidad.
De hecho, el pronunciamiento de la Aerovicil no es un hecho aislado, pues desde la cuenta oficial de la Aeronáutica en X, antes Twitter, citan la entrevista hecha por Nueva Crónica Quindío, ligando las declaraciones dadas por Flórez con la normatividad vigente, la cual deja ver que el lanzamiento de este nuevo modelo de transporte no está del todo claro y que aún faltan aspectos cruciales para poder echar a andar este proyecto.
Actualización de la norma para la operación de drones en Colombia
El pasado 4 de octubre, la Aeronáutica indicó que esta actualización se realizó con el fin de fomentar y profesionalizar esta industria, además, compartió los cambios. “La Resolución 01983 del 27 de septiembre de 2023 incorpora la norma RAC 100 que hace referencia a la Operación de sistemas de aeronaves no tripuladas. Necesidad de la aviación local, armonización con RAC 100 de Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional SRVSOP “, señalan en el comunicado.
Dentro de las nuevas normas, todos estos vehículos aéreos no tripulados deben contar con una identificación obligatoria, es decir, deben “llevar una etiqueta adherida a su estructura para facilitar su identificación”.
Asimismo, la capacidad de peso para el registro de estas aeronaves se ha establecido en 200 gramos o más. También, “se requerirá reportar a la Aerocivil cualquier aeronave no tripulada que llegue al final de su vida útil o pierda su capacidad de vuelo”.
El documento con las nuevas normas aclara que las operaciones de la aviación tripulada tienen prioridad siempre sobre las operaciones de estos dispositivos no tripulados.