Tecnología

Las TIC se unen a la propiedad horizontal en un proyecto de ley

Propietarios y copropietarios podrían participar de decisiones mediante votaciones ‘online’.

13 de junio de 2022
Propiedad horizontal
Propiedad horizontal: uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. | Foto: Propiedad horizontal

Recientemente fueron aprobados 25 de los 45 artículos que contiene el proyecto de ley número 511 de 2021 Senado - 301 de 2020 Cámara, que buscan reformar la Ley 675 de 2001. Esta ley, conocida como Ley de propiedad horizontal (PH), que establece las normas que regulan todos los inmuebles, busca como ejes fundamentales: la inclusión de nuevas tecnologías de la información en la operatividad de la PH, entre otros.

Uno de los más importantes aprobados es el artículo 3 que tiene relación con el uso de las tecnologías de la información en este sector:

“Artículo 3A. Uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. El uso y apropiación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la propiedad horizontal deberá realizarse progresivamente. La implementación será gradual hasta completar la totalidad de las actividades de la propiedad horizontal, incluyendo requerimientos, archivos, permisos, certificaciones en línea, PQRS, los sistemas de ingreso y salida, control, manejo y operación de la contabilidad”.

Se habilitarán los pagos de las expensas a través de internet. La propiedad horizontal deberá propender por habilitar una página web o cualquier medio telemático que contenga la información relevante para el funcionamiento de la propiedad horizontal, entre las que se encuentran los reglamentos internos, la información jurídica, contable y presupuestal; mecanismos de resolución de conflictos, convocatorias a las asambleas y a los consejos, actas y toda la información referente a los órganos de administración y gobierno, así como las convocatorias de contratos que realice la propiedad horizontal y copias de los contratos suscritos”.

Congreso de la República
Congreso de la República de Colombia debate el proyecto de Ley en Cámara y Senado. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

“En la página web o en cualquier medio telemático se deberá informar las líneas y correos de atención a los copropietarios y los correos electrónicos de los órganos de administración y gobierno, revisoría fiscal, así como los entes de inspección, vigilancia y control. En el caso de que los copropietarios a través de una comunicación por escrito, informen un correo electrónico para recibir notificaciones, estas podrán realizarse a través de este medio, sin que se pueda alegar posteriormente indebida notificación.”

Algunos de los beneficios para las propiedades horizontales, según Properix, dedicados a los sistemas para la gestión de la Propiedad Horizontal son:

- Ahorro del tiempo: para administradores y copropietarios: con el uso de las nuevas tecnologías se optimiza el uso del tiempo, ya que se automatizan muchas tareas repetitivas como notificaciones de cobros o el cálculo de intereses de punitorios. Esto permite que puedan ganar tiempo para dedicarse a labores que dentro de la propiedad son importantes y requieren su atención.

Por su parte, los copropietarios pueden consultar la información actualizada de la copropiedad desde su celular, ahorrando los tiempos de llamadas telefónicas, así como también pueden gestionar las reservas de zonas comunes sin necesidad de hacerlo en el horario de atención de la administración y hasta participar de decisiones mediante votaciones online.

- Ahorro de dinero: debido a que se notifica a los copropietarios de forma digital desde la cuota hasta las fechas de reuniones y mantenimientos, la adopción de estos sistemas impacta en un menor uso de papel y, por consiguiente, en una reducción de costos de logística. Además, los costos se abaratan al utilizar un único sistema que reúne la contabilidad, la administración, la seguridad y la comunicación de las copropiedades, ya que se ahorran costos de licencias.

- Información segura: al utilizar sistemas de información en la nube será más seguro, pues no existe riesgo de perder la información. La misma no queda expuesta a robos o pérdidas por desastres y, al mismo tiempo, la información pertenece a todos. Esto significa que, en caso de cambiar de administración, el paso de información de la copropiedad será de manera fácil y rápida, menos traumática.

“Este es un paso que sin duda se tiene que dar. El sector inmobiliario, con la pandemia, logró ganar un buen terreno en materia de digitalización, pero con la aprobación de esta ley se hace realidad; no solo beneficia el quehacer de los administradores, sino en general para los copropietarios, quienes con este salto a la era de la tecnología estrecharán las relaciones en su comunidad”, afirmó Albano Laiuppa, CEO de Properix.