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SIC prohíbe venta de varios modelos de celulares en Colombia: afectaría compras de Navidad a más de uno; esta es la lista
La medida cobija a ocho referencias de teléfonos celulares de la marca.
Por medio de un comunicado de prensa, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció que ha decretado medidas cautelares que prohíben la importación, promoción, venta y publicidad en Colombia de ocho referencias de teléfonos celulares de la marca Motorola.
En la comunicación se indica que la decisión fue tomada por la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la SIC, en el marco de tres demandas de infracción de derechos a la propiedad industrial presentadas por la multinacional sueca Telefonaktiebolaget LM Ericsson contra Motorola Mobility Colombia S.A.S., MPS Mayorista de Colombia S.A. e Ingram Micro S.A.S.
¿A qué modelos de teléfonos Motorola aplica la medida?
La SIC precisó que la determinación aplica para las siguientes referencias de smartphones Mororola:
- Motorola ThinkPhone (Modelo XT2309-2)
- Motorola Razr 40 Ultra (Modelo XT2321-1)
- Motorola Razr 40 (Modelo XT2323-1)
- Motorola Edge 40 (Modelo XT2303-2)
- Motorola Edge 30 Ultra (Modelo XT2241-2)
- Motorola Edge 30 Fusion (Modelo XT2243-1)
- Motorola Edge 30 Neo (Modelo XT2245-1)
- Motorola Edge 30 Pro (Modelo XT22101-1)
- Moto G200 (Modelo XT2175-1)
La SIC señala que en demanda presentada por Ericsson, dicha compañía afirma ser una empresa pionera en el desarrollo de la red celular moderna, incluyendo los estándares 4G, 5G y el emergente 6G.
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En virtud de ello, la marca ha logrado obtener una serie de derechos de propiedad industrial en relación con sus nuevos desarrollos, entre ellos patentes esenciales a estándares de telecomunicaciones, conocidas en el mundo tecnológico como SEP.
En su demanda, Ericsson afirma que Lenovo (Asia Pacific) Limited, marca que en 2014 adquirió a Motorola Mobility Holdings, se ha rehusado a adelantar negociaciones con el propósito de suscribir una licencia de uso de sus tecnologías, pese a que esa compañía y sus subsidiarias están haciendo uso de la tecnología patentada por la multinacional sueca.
A raíz de esta situación, la SIC consideró: “Si Motorola Colombia anuncia que sus equipos celulares cuentan con conectividad a redes 5G, sus dispositivos deben cumplir ciertos estándares técnicos establecidos internacionalmente; de lo contrario, estaría presentando información engañosa a los consumidores. Todos estos elementos conducen al Despacho a colegir la existencia de la infracción alegada, al menos con los elementos probatorios allegados con la petición cautelar”.
En el comunicado de la SIC se establece: “La Delegatura para Asuntos Jurisdicciones, con el objetivo de precaver posibles perjuicios contra Motorola Mobility Colombia S.A.S., MPS Mayorista de Colombia S.A. e Ingram Micro S.A.S., ordenó a Ericsson el pago de una caución por $ 2.700 millones, como lo establece el artículo 247 de la Decisión 486 de 2000, en concordancia con lo previsto en el artículo 590 del Código General del Proceso”.
A su turno, John Mulgrew Deputy, general counsel and chief intellectual property officer global de Lenovo, se pronunció sobre el hecho.
“Estamos decepcionados de que Ericsson continúe solicitando medidas cautelares cuando Lenovo ha demostrado repetidamente su buena voluntad, respaldada por una fianza garantizada, de obtener una licencia en términos FRAND. Como líder tecnológico global, Lenovo respeta la inversión en innovación, pero se compromete a impulsar una mayor equidad en las negociaciones de licencias para garantizar más acceso de los consumidores a tecnología. El uso de medidas cautelares por parte de Ericsson contra un licenciatario dispuesto es exactamente el tipo de comportamiento que los tribunales nacionales y la regulación global propuesta deben abordar”. afirmó Mulgrew.