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¿Cuánto tiempo puede permanecer un colombiano sin visa en España? Esto explica la Embajada española

Conozca cuántos días puede estar de forma legal sin su visado y los documentos que debe tener a la mano.

Redacción Turismo
9 de diciembre de 2024
¿Cuánto tiempo puede permanecer un colombiano sin visa en España? Esto explica la Embajada española
Joven con los brazos cruzados frente a la bandera española. | Foto: Getty Images

La visa no debería ser un impedimento para conocer España, por lo menos en el caso de los colombianos que cuentan con un importante beneficio, el cual permite visitar más de 90 territorios de Europa sin necesidad de solicitar este documento.

Sin embargo, es importante cumplir con las normas establecidas, ya que si se viaja sin este documento, existe un tiempo limitado para permanecer en los territorios y también una serie de requisitos respecto a otros papeles que se deben tener siempre a la mano.

En primer lugar, es fundamental tener en cuenta que cada país tiene diferentes normativas para su estancia, por lo que se recomienda confirmar previamente si es necesario presentar algún tipo de documentación al momento de su visita.

No obstante, si su destino es España, de acuerdo con la Embajada española, gracias al acuerdo de exención de visas, los ciudadanos colombianos pueden visitar este país sin necesitad de realizar el trámite de este documento.

Lo mejor de todo, es que también tienen la posibilidad de conocer 26 de los 28 países miembros de la Unión Europea por un tiempo máximo de 90 días, continuos o no, dentro de un periodo de 180 días.

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Turista mirando el horizonte de Barcelona desde arriba, España. | Foto: Getty Images

“Los ciudadanos colombianos no necesitan visado para entrar y permanecer en España (u otro país de la zona Schengen) por un máximo de 90 días en un período de 180 días”, señala la página del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Entre los destinos que no aplican esta normativa están Irlanda y Reino Unido, éste último por su más reciente decisión de reestablecer este requisito a partir del 26 de noviembre de 2024, después de dos años de no exigirlo, desde noviembre de 2022.

Las reglas del acuerdo

El acuerdo permite realizar visitas de corta estadía con fines de turismo, visitas a amigos o familiares, asistencia a eventos o intercambios culturales y deportivos, reuniones de negocios, cubrimientos periodísticos o de medios de comunicación, tratamientos médicos y estudios de corto plazo.

Lo que No se puede hacer con este permiso es:

  • Trabajar, buscar trabajo, radicarse, ni permanecer más de 90 días en un periodo de 180 días.
  • Visitar los territorios de Reino Unido e Irlanda sin visado.
En Imágenes erupción de volcán en la isla canaria de La Palma, España
Turistas se toman una selfie en el volcán San Antonio en la isla canaria de La Palma, España, 17 de septiembre de 2021. Foto REUTERS / Borja Suarez | Foto: REUTERS

Los requisitos para viajar a España

Aunque no se requiere visa para visitas de corta estadía con los fines mencionados anteriormente, es necesario cumplir con los requisitos de entrada en el Espacio Schengen que solicitan llevar los siguientes documentos:

  • Pasaporte con vigencia mínima de tres meses en el momento de abandonar España u otro país de la zona Schengen.
  • Billete de ida y vuelta
  • Seguro de viaje con una cobertura mínima de 30.000 euros, que incluya repatriación y sea válido para toda la zona Schengen.
  • Acreditación del alojamiento (reservas de hotel, o carta de invitación ante la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de la localidad donde resida el familiar o amigo que aloje, o circuito turístico).
  • Medios económicos suficientes (acreditar una cantidad de 113 euros por persona y día, con un mínimo de 1020 euros, con independencia del tiempo de estancia previsto).

El área Schengen abarca 29 países europeos sin controles fronterizos entre ellos: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, República Checa, Dinamarca, Eslovenia, Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia y Suiza.

Si planea quedarse más del tiempo establecido sí se requiere visado, pero éste no será necesario si el interesado tiene un permiso de residencia válido o un visado de larga duración válido expedido por un Estado Schengen. Las nacionalidades que requieren visado de estancia se pueden consultar en el Anexo I del Reglamento (UE) 2018/1806