Turismo
Guía práctica para viajar con mascotas desde la Terminal de Transportes de Bogotá: estos son los requisitos
Aunque las mascotas siempre serán bienvenidas en la terminal, sus propietarios o cuidadores deben cumplir algunas reglas clave para evitar contratiempos.

Los viajes con mascotas cada vez son más frecuentes en Colombia, ya sea vía aérea o terrestre, sin embargo, para garantizar la seguridad del animal durante esta travesía, sus propietarios o cuidadores deben tener en cuenta algunas reglas clave para evitar contratiempos e incomodar a los demás pasajeros.
Según la Terminal de Transporte de Bogotá, estos últimos días del 2024 se registrarán alrededor de 1,9 millones de pasajeros, un 5% más que el año anterior. De este total, una parte significativa viajará con sus animales de compañía.
Debido a esto, desde el Ministerio de Transporte y el Distrito recuerdan la importancia de verificar con la empresa a contratar, las políticas de precios y condiciones, antes de viajar con una mascota desde las terminales de transporte. Al comunicarse con la compañía, el viajero podrá conocer de primera mano cuales son los requisitos que debe cumplir.
Por su parte, la Superintendencia de Transporte precisa que solo los animales domésticos pueden tener acceso al transporte público de pasajeros, siempre que sus tenedores cumplan con las condiciones de seguridad y salubridad señaladas en la ley.
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No obstante, las empresas que prestan el servicio pueden establecer políticas específicas al respecto, las cuales deben ser cumplidas de manera obligatoria.
En este contexto, el Distrito recuerda cuáles son esos lineamientos que se deben cumplir a la hora de emprender un viaje con una mascota desde la Terminal de Transporte de Bogotá:
- El animal de compañía debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana. Para comprobarlo, el cuidador o propietario debe portar el carné de vacunación de la mascota.
- Evitar el ingreso de compañía agresivos o ansiosos. debido al flujo constante de personas y otros animales.
- Los cuidadores o propietarios no pueden dejar su animal de compañía solo o atado en las entradas o áreas de la Terminal.

- El cuidador o propietario debe evitar que el animal de compañía haga sus necesidades en la Terminal; en caso de que esto ocurra debe limpiar inmediatamente y dejar los residuos en las canecas marcadas como ‘No reciclables’.
- El cuidador o propietario asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto de su animal de compañía.
- En lo posible los animales de compañía deben transportarse por las áreas de la Terminal en coche y/o cargados por su tenedor o propietario.
- Los perros de manejo especial deben portar collar, bozal y documento de registro.
- Los tenedores o propietarios deben cumplir con lo contenido en la Ley 746 de 2002 y/o el Código Nacional de Policía y Convivencia, relacionadas con las normas de salubridad, higiene y seguridad.
- El animal de compañía debe portar en todo momento un collar que permita su identificación.
- En el caso de los gatos, éstos deben ser transportados en guacal.

Estos lineamientos se encuentran establecidos en el “decálogo para la permanencia de animales de compañía” de la Terminal de Transporte de Bogotá, por lo que al ingresar con el animal de compañía se entiende que su propietario o tenedor acepta dichas políticas.
Cabe recordar que muchas empresas tienen restricciones relacionadas con las medidas del guacal o contenedor en el que viaja la mascota, así como las características del mismo, tales como su rigidez o un número determinado de respiraderos; adicionalmente, el peso de la mascota puede incidir, así como podrán solicitarle que la misma haga uso de pañal.
Por esta razón, se recomienda informarse previamente antes de emprender el viaje y seguir al pie de la letra las políticas establecidas por la empresa prestadora del servicio.