Vehículos
¿Qué hacer cuando un comparendo no se ha borrado luego de pagarlo?
Un comparendo se da luego de cometer una infracción y debe pagarse en poco tiempo para no aumentar la deuda.
Cuando una persona comete una infracción de tránsito, una de las consecuencias que puede acarrear corresponde a la imposición de un comparendo, el cual deberá pagarse lo más pronto posible para no aumentar la mora.
Al hablar de comparendo, se hace mención a una “citación que se le hace a la persona que comete una infracción para que acuda ante la autoridad de tránsito competente con el propósito de rendir versión sobre los hechos en los que se enmarcó esa infracción”, según información del Ministerio de Transporte.
Cuando la orden de comparendo se efectúa, la persona infractora puede aceptar de forma voluntaria la comisión de la infracción y pagar la respectiva multa; con eso puede omitir alguna acción administrativa.
Un beneficio al aceptar la infracción radica en el descuento del valor de la multa, el cual puede ser de 50 % a 75 %. En caso de rechazar la comisión, la multa se impone en su totalidad y con el respectivo procedimiento administrativo.
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Para pagar el comparendo, se puede hacer bajo dos modalidades: presencial y virtual. En el caso de la primera, es necesario acceder a la página de la Secretaría de Movilidad de Bogotá y proporcionar el número del documento de identidad con la respectiva placa del vehículo en la ventana ‘‘Consulte aquí comparendos, acuerdos de pago, embargos y prescripciones’.
Posteriormente, el sistema revelará automáticamente si hay deudas correspondientes de algún comparendo. En caso que lo haya, la primera forma de pagarlo es presencialmente.
En ese caso, se debe dar clic en la casilla ‘Generar volante de pago’. El sistema generará esa factura, la cual deberá pagarse el mismo día en cualquier entidad que haga parte de la Red Éxito, Banco Caja Social o Banco de Occidente.
Por otro lado, si una persona no tiene tiempo para cumplir con el pago, puede hacerlo fácilmente de forma virtual. Bajo esa modalidad, hay que pulsar en la opción para pagar por PSE. Consecuentemente, el sistema abrirá una nueva ventana que lo llevará a la respectiva entidad bancaria para concretar el comparendo.
Después de realizar ese trámite y seguir el respectivo procedimiento administrativo (en caso que sea requerido), hay que mirar que en la página ya no esté el comparendo.
La Secretaría de Tránsito de Bogotá explica que, cuando pasan tres días del pago y todavía no se evidencia en la página web, el ciudadano debe acercarse ante la oficina del Centro de Atención Integral. Estando allí, realizará la solicitud de actualización. Esto aplica cuando los cursos se realizaron en los Centros de Atención Integral.
Para aquellas personas que realizaron los cursos fuera de Bogotá en los Centros Integrales de Tránsito o en entidades municipales, deben acercarse al Centro de Servicios de Movilidad Calle 13 de forma presencial y presentar el certificado de asistencia al curso de pedagogía dictado por el Centro Integral de Atención CIA u organismo de tránsito municipal y/o departamental, comprobante de pago y realizar la solicitud mediante el formulario de radicación de correspondencia.